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Mundo rural
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Actualizado 24/02/2021
Santiago Bayón Vera

Las primeras normas escritas sobre la trashumancia datan del reinado de Eurico que dictó las primeras disposiciones en su edicto Codex Euricianus (476). Algunas de sus leyes fueron recogidas, con correcciones, en el Liber Iudiciorum, corpus legislativo visigodo promulgado por Recesvinto en el año 654. En la La Ley 5, título 4, libro 8, del tratado citado, se detallan las rutas de la trashumancia y se reglamenta su uso

Una edición alterada y corregida del manuscrito original de la "Ley Visigoda", a la que se le añadió un título preliminar sobre algunas materias relacionadas con el derecho público, fue ordenada traducir a la lengua romance por el monarca Fernando III, "el Santo", en 1241, al objeto de ser concedido "a fuero" a algunos territorios meridionales de la península. Este nuevo compendio constituiría el denominado "Fuero Juzgo".

Al amparo de esta nueva norma, los ganaderos comienzan entonces a reunirse en hermandades o concejos o, lo que podríamos denominar, asambleas. Éste fue el origen de las mestas, vocablo ambivalente según Covarrubias (Observaciones al Fuero Juzgo, s.d., s.l., Madrid, Mss. Biblioteca Real), que puede hacer referencia a quasi mixta ?mezclada? "por la concurrencia de diversos hatos y manadas, y porque restituye las que se han mezclado con otras, las cuales son conocidas por los hierros o señales", o bien a quasi mestá, por amistá, "por la grande conformidad y unión que tienen entre sí los ganaderos, siendo observantísimos en sus leyes. Confirma esto el vocablo aragonés que a la Mesta llama ligallo, que en castellano vale liga, y liga es junta, confederación y amistad"

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