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La víctima del caso de 'La Manada' en Pozoblanco (Córdoba) no presenta recurso ante el Supremo
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Hechos ocurridos en 2016

La víctima del caso de 'La Manada' en Pozoblanco (Córdoba) no presenta recurso ante el Supremo

Actualizado 26/11/2020
EP

Fueron condenados en noviembre de 2019 a indemnizar a la víctima

El abogado de la joven víctima de los abusos sexuales por cuatro miembros del grupo de WhatsApp de 'La Manada' en Pozoblanco en 2016 que fueron juzgados en noviembre de 2019 y condenados por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, condenas confirmadas ahora por la Audiencia Provincial, que eleva de 13.150 a 25.000 euros la indemnización para la joven, no presentará recurso ante el Tribunal Supremo (TS).

Así lo ha confirmado el letrado Blas Arévalo, quien ha manifestado a Europa Press que sí se personará ante el Alto Tribunal para presentar alegaciones e impugnar, si lo consideraran desde la acusación, ante el recurso que plantea la defensa, además de tener conocimiento del recurso de la acusación popular, que ejerce la Asociación Clara Campoamor, una vez que le den traslado de todo ello.

Al respecto, según ha avanzado 'Diario Córdoba', la defensa y la acusación popular ya han anunciado sendos recursos de casación ante el Tribunal Supremo, como paso previo a la presentación de los mismos, después de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial desestimara sus recursos de apelación por la sentencia del Juzgado de lo Penal. Mientras, la Fiscalía no presentará recurso, igual que ya hizo ante la Audiencia al considerar el fallo del Penal 1 "muy ajustado".

En este sentido, el abogado Agustín Martínez Becerra, que representa a los procesados, ha detallado que el primer motivo de su recurso está vinculado con la supuesta vulneración de la tutela judicial efectiva y el derecho a un juicio justo por la admisión de los dos vídeos que recogen los hechos ocurridos en Pozoblanco, que considera una prueba "ilícita".

El segundo motivo es la presunta infracción de ley en relación con el delito contra la intimidad, dado que sólo uno de los acusados reconoció haber grabado y distribuido las imágenes, pero fueron condenados los cuatro. Así, el letrado ha explicado que tanto la Audiencia Provincial, como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, entendieron en su momento que sólo se condenaba a quienes grababan las imágenes, mientras que en Córdoba han sido condenados los cuatro --quien grabó y quienes aparecían en los vídeos--.

Al hilo, Martínez Becerra ha avanzado que el Tribunal Supremo se pronunciará el 9 de diciembre sobre el recurso de casación planteado por la condena por el delito contra la intimidad cometido en Pamplona en los Sanfermines de 2016 y ha confiado en que "unifique criterio y sólo sea delito del que graba".

De su parte, la abogada Patricia Catalina, delegada de la Asociación Clara Campoamor en Andalucía, ha indicado que en su recurso reclama una pena mayor para tres de los condenados por el abuso sexual en Pozoblanco, así como que se condene al cuarto acusado por una agresión sexual y no por un abuso.

También, solicita un aumento de la indemnización por el daño moral ocasionado a la víctima, que ya fue incrementada por la Audiencia Provincial. Tanto esta acusación como la particular habían reclamado en un primer momento una cuantía de 80.000 euros.