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Con "V de víctimas", mujeres víctimas de violencia de género
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Con "V de víctimas", mujeres víctimas de violencia de género

Actualizado 24/11/2020
Marcelino García

Buena parte de las mujeres víctimas de la violencia de género han sufrido agresiones físicas, violencia psicológica, violencia sexual, abusos sexuales, acoso, violencia económica... perfiles de una única historia de violencia, porque cada historia es ún

Pilar Hierro

Defensora de los Derechos Humanos

En la Ley Orgánica 1/2004 art. 1, de Protección Integral contra la Violencia de Género, se define la violencia de género como "Todo acto de violencia (?) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. (?) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada".

Nuestra Constitución, en su artículo 15, incorpora el derecho de todos a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Además, estos derechos vinculan a todos los poderes públicos y sólo por ley puede regularse su ejercicio.

La violencia de género es una forma de violencia ampliamente reconocida y sancionada tanto social como jurídicamente, que ha tenido una larga trayectoria de regulación y evolución positiva:

  • Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, 1993. Asamblea General 1993, ONU; "Todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada" donde se reconoció que la violencia contra las mujeres es un obstáculo.
  • Conferencia Mundial, 1995 (?) para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz y viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Además, la define ampliamente como una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.
  • La carta de Niza, 2000 que acoge un autentico catalogo de derechos fundamentales de la Unión Europea para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, entre otras.
  • Existe ya incluso una definición técnica del síndrome de la mujer maltratada mediante la cual se reconoce que "las agresiones sufridas por la mujer como consecuencia de los condicionantes socioculturales que actúan sobre el género masculino y femenino, situándola en una posición de subordinación al hombre y manifestadas en los tres ámbitos básicos de relación de la persona: maltrato en el seno de las relaciones de pareja, agresión sexual en la vida social y acoso en el medio laboral".

Afortunadamente, y es importante resaltarlo, la violencia de género hace tiempo que dejó de ser "un delito invisible". Hoy produce un fuerte rechazo colectivo y una evidente alarma social, pero, pese a ello, en la realidad las agresiones sobre las mujeres siguen teniendo una especial incidencia y gravedad, aunque si bien existe mayor conciencia social de la gravedad de la misma, gracias, en buena medida, al esfuerzo realizado por las organizaciones de defensa de los derechos humanos, en especial, las organizaciones de mujeres, que han dado un gran impulso en su lucha contra todas las formas de violencia de género.

Por otro lado, conviene recordar que la violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado, porque ha sido y sigue siendo una de las manifestaciones más claras de la desigualdad, subordinación y de las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Este tipo de violencia se basa y se ejerce por la diferencia subjetiva entre los sexos. En pocas palabras, las mujeres sufren violencia por el mero hecho de ser mujeres independientemente de su estrato social, nivel educativo, cultural, o económico, puesto que para sus agresores carecen de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión.

He de afirmar, con rotundidad, que son los poderes públicos quienes tienen, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Constitución, la obligación de adoptar medidas de acción positiva para hacer reales y efectivos dichos derechos, removiendo los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud, y quienes deben asegurar los derechos fundamentales como la libertad, la igualdad, la vida, la seguridad y la no discriminación.

Ojalá que cumplan con esta obligación y pronto podamos escribir sobre violencia de género con V de victoria. V de victoria porque hemos educado a los niños y niñas, desde las edades más tempranas, en una cultura centrada en la resolución pacífica de conflictos, a fomentar la empatía y a desarrollar una autoestima equilibrada, principios que favorecen la desaparición de los prejuicios de género que se dan ya desde la escuela. Porque hemos eliminado al máximo los estereotipos transmitidos por la cultura patriarcal; por lo tanto, hemos enseñado a "ser persona" en lugar de enseñar a "ser hombre" o a "ser mujer" y así desterrar mitos como que la agresividad es un rasgo masculino, y que, por el contrario, la sumisión, el silencio o la obediencia son rasgos femeninos, son objetivos de la coeducación. Porque evitamos todo menosprecio hacia aquellos chicos u hombres que no se adaptan al modelo de masculinidad dominante o hacia aquellas chicas o mujeres que no se acomodan al modelo de feminidad dominante. Porque hemos enseñado a los niños y a los hombres a incorporar en sus vidas las vivencias y expresión de los propios sentimientos y emociones que enriquecen sus relaciones personales y así favorecer la resolución de conflictos sin recurrir a comportamientos violentos, por medio del diálogo, el acuerdo, la negociación? o desarrollar una buena autoestima que capacite a niñas y niños para adoptar una actitud resuelta ante la vida y sus desafíos, asumir responsabilidades y enfrentarse con seguridad a los problemas.

(?) porque la igualdad entre hombres y mujeres es un derecho humano fundamental, consustancial a todo ser humano que está consagrado en el art. 2 del tratado de la Unión Europea y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

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