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Confinamientos
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Confinamientos

Actualizado 08/10/2020
Luis Castro Berrojo

Confinamientos | Imagen 1No pocas veces hemos recordado los antecedentes de la actual epidemia, viéndolos sobre el trasfondo del recurrente ir y venir de los jinetes apocalípticos que secularmente pisotean y descalabran la historia humana. No tantas veces hemos considerado uno de los fenómenos que acompañan a las plagas y que se ha integrado en nuestra vida cotidiana: el confinamiento o reclusión que nos obliga a limitar drásticamente los movimientos para evitar el contagio activo o pasivo.

Sí así hubiera sido, si hubiéramos reflexionado más a fondo sobre esa situación de privación parcial de libertad, de recorte vital, habríamos recordado otras situaciones pasadas de encierro, individual o colectivo, fruto no ya del destino o de nuestros malos comportamientos como especie, sino de la mera voluntad humana, que se obliga a sí misma o es obligada a tal reclusión. Las variedades del confinamiento son muchas, tantas al menos como las culturas y las épocas. De inmediato viene a la mente el encierro carcelario, que la sociedad suele aceptar como castigo para los que han transgredido gravemente las normas establecidas, pero cuya aplicación no siempre es ajena a la arbitrariedad o al exceso, ya que, como argumenta Cesare Beccaria, un mismo delito puede ser diversamente castigado por los mismos tribunales en distintos tiempos (o, añadimos nosotros, por distintos tribunales o instancias distintas, pudiéndose llegar a ver delito donde no lo hay y viceversa. Y no digo más, aunque pudiera).

Así pues, por ejemplo y para ir a un caso concreto: ¿habría que encarcelar a los que violan el confinamiento poniendo en peligro la vida de los demás?

Sería una buena polémica, pero antes habría que dejar clara la potestad de las autoridades sanitarias para decretar la cuarentena, algo que ?como se ve casi cada día en España?, algunos no asumen y por ello recurren a los tribunales. Una vez dilucidado esto, quizá podría pensarse en alguna otra variante histórica de la reclusión carcelaria para esos transgresores. Posibilidades no faltarían: las reservas indias podrían servir de ejemplo y se adaptarían bien a una España vacía donde no escasean pueblos desiertos; recrear las misiones americanas de jesuitas o dominicos sería una variante de ello y daría trabajo al clero, muy afectado por la crisis espiritual que padecemos; la "okupación" forzosa de bloques y urbanizaciones vacías sería otra posibilidad, no muy lejana de los guetos judíos clásicos, sin olvidar el traslado a islas lejanas deshabitadas o la reclusión en conventos de clausura donde ya no hay monjes.

En todos estas situaciones, en las que los reclusos serían convenientemente vigilados y atendidos, como en una cárcel, se podría cumplir el principio de que "en el pecado para la penitencia": al cabo de unas semanas el destino habría dictado sentencia, poniéndoles ante en la secuela fatal de sus imprudencias o salvándoles, para alegría de unos y otros.

Más adelante, con el tiempo, todos calvos.

(Foto: cárcel de Carabanchel. Wikipedia)

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