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Carbajosa aprueba los primeros 30 expedientes de ayudas a autónomos y micro empresas por el...
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se abonarán de forma inminente

Carbajosa aprueba los primeros 30 expedientes de ayudas a autónomos y micro empresas por el...

Actualizado 18/09/2020
Redacción

Un total de 97 empresarios del municipio han solicitado estos apoyos por cerrar o por una disminución superior al 50% de sus ingresos

El Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada ha aprobado esta mañana en Junta de Gobierno Local los primeros 30 expedientes de las ayudas a autónomos y micro empresas afectados por la crisis sanitaria del COVID19.

Un total de 97 empresarios del municipio han solicitado las ayudas que concede el Ayuntamiento de Carbajosa a los autónomos y micro pymes que se hubieran visto obligados a cerrar con motivo del COVID19 y a aquéllos que sufrieran una disminución superior al 50% de sus ingresos.

Para conceder estas ayudas, el Ayuntamiento de Carbajosa aprobó en el pleno municipal del mes de mayo un crédito extraordinario que posibilitaba poner en marcha las ayudas a autónomos y micro empresas, así como la modificación de las ordenanzas con precios reducidos en las tasas de suministro de agua, alcantarillado y basura. Estas ayudas se han podido solicitar hasta el pasado mes de mayo.

La Junta de Gobierno local ha aprobado hoy los primeros 30 expedientes y los beneficiarios recibirán estas ayudas de forma inminente, según señala el concejal de Economía, José Álvarez. Además, el Ayuntamiento de Carbajosa irá resolviendo el resto de expedientes una vez que los solicitantes completen la documentación que se le ha ido requiriendo.

Los autónomos o micro empresas que se hayan visto obligados a cerrar sus negocios con motivo de la crisis del COVID19 recibirán una ayuda de 1.200? y aquéllos que hayan sufrido una disminución superior al 50% de sus ingresos se beneficiarán de una ayuda de 500?.

Son beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia y las micropymes (empresa que ocupa hasta 10 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros según la Recomendación de la Comisión Europea).

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