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El Gobierno adelanta al 1 de mayo la autorización para atender los huertos familiares
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LOS PASEOS QUEDAN LIMITADOS A 1 KILÓMETRO DE DISTANCIAMIENTO DE CASA

El Gobierno adelanta al 1 de mayo la autorización para atender los huertos familiares

Actualizado 01/05/2020
Miguel Corral

En los municipios de menos de 5.000 habitantes se podrá hacer ejercicio físico o dar paseos entre las 06.00 y 23.00 horas

El ministro de Sanidad , Salvador Illa, avanzaba ayer en rueda de prensa las nuevas actividades que los españoles podrán realizar a partir de mañana 2 de mayo, adelantando en dos días la Fase 0 de preparación a la desescalada y que dará paso a la Fase I a partir del 10 de mayo.

Entre estas actividades que en principio estaban previstas se pudieran realizar a partir de este lunes 4 de mayo se encuentra el trabajo en los huertos familiares, actividad que ha generado una gran polémica por la distinta interpretación que se ha realizado durante el estado de alarma sanitaria por parte de las comunidades autónomas e incluso provincias.

De este modo y según avanzó el ministro de Snidad, desde este sábado se podrán atender los huertos familiares, de autoconsumo, municipales, "siempre que estén en el mismo término municipal que el del domicilio, o uno adyacente y se adopten las debidas precauciones higiénicas o de distanciamiento social".

Sin embargo, comprobada la publicación del Boletín Oficial del Estado de este 1 de mayo, desde este mismo viernes se podrán atender los huertos para autoabastecimiento: "Entrada en vigor y vigencia. Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será de aplicación durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas".

Ejercicio físico

Otra de las medidas que se han adelantado a este sábado corresponde a la actividad deportiva no profesional, principalmente lo que se refiere a ejercicio físico y paseos. Como informamos ayer jueves, desde mañana se permite la actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.).

Si bien la práctica de cualquier deporte requerirá que sea individual, en los paseos, que no deben alejarse más de un kilómetro del domicilio, se podrá salir acompañado por una persona conviviente o cuidador habitual si hubiera esa necesidad. En el caso del ejercicio físico, no estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas ni se podrá utilizar el vehículo motorizado o transporte público para ir a hacer actividad física. En cualquier caso, no se podrá salir del municipio de residencia.

El Ministerio de Sanidad ha regulado las salidas para paseos y actividad física a partir del sábado según horarios y edades, si bien esta medida no será de aplicación en municipios de menos de 5.000 habitantes, donde sus habitantes podrán dar paseos o realizar ejercicio entre las 06.00 y 23.00 horas.

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