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La Guardia Civil de Vitigudino realiza controles para que se cumplan las normas sobre movilidad
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La Guardia Civil de Vitigudino realiza controles para que se cumplan las normas sobre movilidad

Actualizado 15/03/2020
Miguel Corral

El incumplimiento de las medidas recogidas en el decreto de alarma sanitaria puede suponer la aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana y la imposición de multas de más de 100 euros

Como en todo el Estado español las fuerzas de seguridad realizan controles en carreteras e intersecciones al objeto de que la ciudadanía cumpla las medidas sobre movilidad recogidas en el decreto de alarma sanitaria.

En Vitigudino, la Guardia Civil realizaba este domingo controles en la glorieta de la estación de autobuses, donde preguntaban a los conductores el motivo por el que circulan por la vía pública. De no justificarse adecuadamente el motivo, los agentes podrían sancionar al infractor con una multa de más de 100 euros, al que se le aplicaría la Ley de Seguridad Ciudadana.

Cabe recordar que el decreto de alarma sanitaria establece que únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

3. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

4. El Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.

Cuando las medidas a las que se refieren los párrafos anteriores se adopten de oficio se informará previamente a las administraciones autonómicas que ejercen competencias de ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.

Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar al tráfico rodado.

Asimismo, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su comparecencia ayer ante los medios, explicó que también podrá sacarse de casa a las mascotas, aunque con la salvedad de que se debe hacer en solitario, nunca en compañía de otras personas.

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