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El Juzgado desestima el recurso de la oposición del Ayuntamiento de Vitigudino por ‘derechos...
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Denuncia presentada el pasado mes de febrero

El Juzgado desestima el recurso de la oposición del Ayuntamiento de Vitigudino por ‘derechos...

Actualizado 24/06/2019
Miguel Corral

La sala de lo Contencioso-Administrativo impone el pago de las costas a los demandantes, a los que les cabe contra esta resolución presentar un recurso de apelación

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso presentado por los concejales en la oposición la pasada legislatura, por una posible vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en el art. 23 de la Carta Magna. Pero para el Juzgado de lo Contencioso no se dio tal circunstancia, así que impone a los denunciantes el pago de las costas, limitadas a 1.000 euros.

La denuncia fue interpuesta en febrero pasado por José María Herrero, José Hernández Sevillano y Antolín Alonso Vicente, entonces concejales del PP; y por Patricia Rodríguez, entonces edil de Cs, y por el concejal no adscrito, Antolín Alonso Fernández. En el equipo de Gobierno estaba el PSOE con el exalcalde Germán Vicente al frente

En el recurso denunciaban la reiterada ausencia de documentos con información sobre los puntos a debate en las sesiones plenarias. Entonces, en un comunicado, señalaban las constantes trabas por parte de "la secretaría para que nos deje ver los documentos, que podamos leer y examinarlos, y lo sabe el alcalde, pero no hay manera", motivo por el que decidieron llevar al juzgado esta situación todos los concejales de la oposición.

La denuncia fue consecuencia del pleno celebrado el 28 de diciembre de 2018, sesión en la que se aprobaba la modificación de crédito para la devolución de lo cobrado por renovación de sepulturas, las obras de Planes Provinciales, el convenio con la Diputación para el mantenimiento del Parque de Bomberos y la recepción de un vehículo de Protección Civil.

Ahora, el juzgado señala que "los actos administrativos impugnados no vulnera derecho fundamental alguno, por lo que se desestiman en su integridad las pretensiones y pedimentos del suplico de la demanda", recoge la resolución judicial.

Ante esta resolución cabe recurso de apelación en un plazo de 15 días ante el mismo juzgado.

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