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La Fiscalía pide 25 años de cárcel para Oriol Junqueras
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máxima pena como líder de la rebelión

La Fiscalía pide 25 años de cárcel para Oriol Junqueras

Actualizado 02/11/2018
El Norte de Castilla

El Ministerio Público también alude a Carme Forcadell, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. A los tres les reclama 17 años de prisión y 17 de inhabilitación absoluta

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha golpeado con fuerza contra los líderes independentistas en prisión en su escrito provisional de acusación presentado esta mañana. El Ministerio Público ha pedido la máxima pena, 25 años de prisión, al exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC Oriol Junqueras por un delito de rebelión en su condición de cabecilla del proceso político ilegal desarrollado Cataluña el pasado año. Unos hechos por los que solicita, además, 25 años de inhabilitación absoluta para cargo público.

Como promotores también del 'procés' e inductores del delito de rebelión, el Ministerio Público ha situado en un segundo escalón a la expresidenta del Parlament y dirigente de ERC, Carme Forcadell, y a los máximos responsables de las organizaciones civiles Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente. A los tres les reclama 17 años de prisión y 17 de inhabilitación absoluta.

La diferencia de petición de penas entre Junqueras y sus subalternos es un solo artículo del Código Penal, el 473.2, porque la rebelión distrajo de forma ilegal caudales públicos para la consecución político de sus fines, en referencia a la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Este pequeño matiz atribuible al líder del partido republicano supone ocho años más de solicitud de prisión que Forcadell o los 'Jordis'.

En el tercer escalafón de responsabilidad penal para la Fiscalía del Supremo, en su escrito de 127 páginas firmado por cuatro acusadores públicos, están los exconsejeros en prisión preventiva Jordi Turull, Raül Romeva, Joaquim Forn, Josep Rull y Dolors Bassa. A todos ellos les pide 16 años de prisión y 16 de inhabilitación absoluta por un delito de rebelión. La diferencia con los anteriores es que no se les aplica la agravante como jefe principal y/o promotor).

Fuera de la rebelión y fuera de prisión preventiva, los también exconsejeros de la Generalitat Carles Mundo, Meritxell Borrás y Santia Vila se enfrentan a siete años de prisión y 16 de inhabilitación por un delito de malversación de caudales públicos y multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia grave.

Por último, de los 18 procesados que se sentarán en el banquillo del Tribunal Supremo las peticiones de pena más bajas, que no conllevan prisión, son para la dirigente de la CUP Mireia Boya y para los exmiembros de la Mesa del Parlament Anna Simó, Ramona Barrufet, Lluis Guinó y Joan Josep Nuet. A todos les reclaman multa de 30.000 euros e inhabilitación para cargo público a un año y ocho meses por un delito de desobediencia grave durante el 'procés'.

Estrategia delictiva y fuerza intimidatoria

En su relato de hechos, los fiscales del Supremo Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza, Fidel Cadena y Jaime Moreno aseguran que la «estrategia delictiva» que se plasma en los escritos de acusación se basó en la «actuación convergente» de las instituciones catalanas de autogobierno, Parlamento y Gobierno de la Generalitat, de las formaciones políticas independentistas con representación parlamentaria, Junts Pel Sí y CUP, y de las entidades sociales soberanistas, ANC y Òmnium Cultural y la Asociación de Municipios por la Independencia.

Los cuatro cabecillas, Junqueras, Forcadell y los 'Jordis', en unión de otros procesados huidos -en referencia al expresidente Carles Puigdemont, que se encuentra en Bélgica- acordaron «como principales promotores» poner en práctica esta «estrategia delictiva» mediante la acción combinada y sincronizada de tres pilares básicos.

- El parlamentario, cuyo epicentro se situaba en la actuación de la Mesa del Parlamento autonómico, cuya función consistía en permitir la tramitación y facilitar la aprobación de resoluciones, leyes y normas jurídicas abiertamente inconstitucionales, a modo de cobertura normativa del nuevo Estado que sustituyera a la legalidad democrática vigente.

- El ejecutivo, identificado con la actuación del Gobierno de la Generalitat, cuya misión esencial era la convocatoria y celebración de un referéndum ilegal de autodeterminación que legitimara internacionalmente su proyecto de segregación territorial, así como la creación y desarrollo de estructuras de Estado paralelas que pudieran sustituir a los órganos estatales legalmente constituidos en todos los órdenes (Hacienda, Seguridad Social, Poder Judicial, etc.), incluida la acción exterior fuera del territorio nacional, que se tradujo en la apertura de embajadas en algunos países, y en la ejecución más allá de nuestras fronteras de numerosas actividades dirigidas a preparar, financiar y legitimar la celebración del referéndum, a reforzar la imagen de Cataluña como Estado y a lograr que el proceso de independencia fuera reconocido internacionalmente.

-Y el social, en el que las entidades soberanistas antes mencionadas (muy especialmente, ANC y Òmnium Cultural) desarrollaban un papel crucial mediante la movilización popular como instrumento de presión para obligar al Estado a capitular frente al nacimiento de esa nueva república.

En resumen, el plan orquestado consistía fundamentalmente «en orillar» la aplicación de la legalidad constitucional y estatutaria, e impedir el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales dictadas al amparo de aquella, para conseguir como objetivo último -con sus propias leyes y sus propias estructuras de Estado- declarar la independencia de esa parte del territorio nacional y obligar al Estado a aceptar la separación del referido territorio, «finalidad que estuvieron a punto de lograr con los actos delictivos que ejecutaron poniendo así en grave peligro el orden constitucional».

Según el el relato de la Fiscalía, el plan secesionista contemplaba la utilización de todos los medios que fueran precisos para alcanzar su objetivo, incluida -ante la certeza de que el Estado no iba a aceptar esa situación- la violencia necesaria para asegurar el resultado criminal pretendido, valiéndose para ello de la fuerza intimidatoria.

Representaban, por una parte, la actuación tumultuaria desplegada con las grandes movilizaciones ciudadanas instigadas y promovidas por ellos, y por otra, el uso de los Mossos d'Esquadra como un cuerpo policial armado e integrado por unos 17.000 efectivos aproximadamente, que acataría exclusivamente sus instrucciones -como así sucedió- y que, IIegado el caso, podría proteger coactivamente sus objetivos criminales, sustrayéndole así al cumplimiento de su genuina función de guardar y preservar el orden constitucional.

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