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Convocadas las ayudas para reposición de vacuno, ovino y caprino por sacrificio en aplicación de...
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PLAZO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE

Convocadas las ayudas para reposición de vacuno, ovino y caprino por sacrificio en aplicación de...

Actualizado 07/07/2016
Redacción

La realización del gasto subvencionable estará comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 31 de agosto de 2016

La Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León ha hecho pública la convocatoria de ayudas para la compra de ganado bovino, ovino y caprino para la reposición de reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes.

El plazo para la solicitud de estas ayudas vence el 30 de septiembre, mientras que la realización del gasto subvencionable estará comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 31 de agosto de 2016. Será subvencionable la reposición efectuada con hembras que se ajusten a la legislación en materia de sanidad animal, identificación y registro y que tengan los siguientes rangos de edades:

a) En el ganado vacuno de leche, las hembras subvencionables deberán tener una edad comprendida desde 12 meses hasta 5 años.

b) En el ganado vacuno de carne, las hembras subvencionables deberán estar en una edad desde 12 meses hasta 8 años.

c) En el ganado ovino y caprino, las hembras subvencionables deberán tener una edad comprendida entre 6 meses y 5 años.

d) En el caso de sacrificio de animales debido a tembladera, los animales destinados a reposición deberán cumplir el Anexo VII del Reglamento (CE) n.º 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001. Solamente en este caso serán subvencionables las hembras no gestantes con edad inferior a 6 meses.

Si la explotación está ubicada en el área de vacunación de una Zona de Especial Incidencia, todos los animales de la explotación deberán tener cumplida la pauta de vacunación en su caso establecida.

La finalidad de esta convocatoria es incrementar y apoyar la competitividad de la ganadería como actividad central de las zonas rurales, facilitar el mantenimiento de la población en dichas zonas, así como conservar y mejorar el medio ambiente.

Cuantías de las ayudas

  • El importe máximo de las ayudas será el siguiente:
  • a) Hasta cuatrocientos cincuenta euros (450 ?), por animal adquirido de la especie bovina de aptitud lechera, con una edad comprendida entre 24 meses y 5 años.
  • b) Hasta trescientos noventa euros (390 ?), por animal adquirido de la especie bovina de aptitud cárnica, con una edad comprendida entre 24 meses y 8 años.
  • c) Hasta doscientos setenta euros (270 ?), por animal adquirido de la especie bovina de aptitud lechera, con una edad comprendida entre 12 y 24 meses.
  • d) Hasta doscientos veinticinco euros (225 ?), por animal adquirido de la especie bovina de aptitud cárnica, con una edad comprendida entre 12 y 24 meses.
  • e) Hasta ciento cincuenta euros (150 ?), por animal adquirido de la especie bovina, con una edad comprendida entre 5 y 12 meses. Dichos animales sólo serán subvencionables para las explotaciones ubicadas en áreas de vacunación y deberán estar vacunados o vacunarse en el momento de la incorporación.
  • f) Hasta cien euros (100 ?) por animal adquirido de la especie caprina de aptitud láctea.
  • g) Hasta setenta euros (70 ?) por animal adquirido de la especie ovina de aptitud láctea.
  • h) Hasta veinticinco euros (25 ?) por animal adquirido de la especie ovina y/o caprina de aptitud cárnica.
  • En el supuesto de que los animales adquiridos se hallen inscritos en un Libro Genealógico de la raza correspondiente, la ayuda se incrementará en un 25%.
  • El montante máximo de la ayuda no podrá exceder el 40% de la inversión subvencionable justificada mediante factura, y el 50% cuando la explotación se halle en zona desfavorecida.
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