COMARCAS
Actualizado 18/02/2026 15:11:55
César García

La Consejería de Agricultura publica una resolución que reduce los porcentajes de rotación de cultivos y siembra directa exigidos para cobrar las ayudas. La medida responde a la saturación de los suelos por las lluvias continuas desde noviembre.

La Junta de Castilla y León ha publicado hoy una resolución oficial que flexibiliza el cumplimiento de los requisitos necesarios para optar a determinadas ayudas de la Política Agraria Común (PAC). Esta medida responde a las adversidades meteorológicas extremas que han marcado la presente campaña agrícola, caracterizada por episodios continuos de lluvia desde el pasado mes de noviembre.

La normativa llega después de que el Consejo de Gobierno declarase la campaña como excepcional, reconociendo las graves dificultades que atraviesa el sector. Las precipitaciones persistentes han provocado la saturación de los suelos, impidiendo la entrada de maquinaria en las parcelas y dificultando labores esenciales como las siembras, los abonados y los tratamientos, además de aumentar el riesgo de compactación y asfixia radicular en los cultivos.

Ante este escenario, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha establecido excepciones concretas que afectan tanto a los ecorregímenes (prácticas voluntarias en favor del clima y el medio ambiente) como a las intervenciones de desarrollo rural relacionadas con la agricultura ecológica y los cultivos industriales sostenibles.

Cambios en los ecorregímenes: rotación y siembra directa

La resolución introduce rebajas significativas en los porcentajes de superficie que los agricultores deben rotar para cumplir con las exigencias de la PAC:

  • Rotación de cultivos: La obligación de rotación se reduce del 50 % al 25 %. Además, se autoriza la rotación con barbecho tras un cultivo de leguminosas. En cuanto a las especies mejorantes, aunque el porcentaje total se mantiene en el 10 %, la exigencia específica de leguminosas baja del 5 % al 2,5 %.
  • Siembra directa: En esta práctica, el porcentaje de rotación requerido disminuye del 40 % al 25 % de la superficie acogida. Al igual que en el caso anterior, se permite la rotación con barbecho después de leguminosas para la campaña 2025.

Medidas para agricultura ecológica y remolacha

Las flexibilizaciones también se aplican a las intervenciones medioambientales y climáticas financiadas por los fondos de desarrollo rural (FEADER):

  • Agricultura ecológica: La certificación de la producción obtenida no se basará en resultados individuales afectados por el clima, sino que se estimará en función de la media de la zona.
  • Cultivos agroindustriales (remolacha azucarera): Se contempla una solución para aquellos agricultores que no hayan podido sembrar la totalidad de la superficie comprometida. Si la siembra es inferior al 80 % de la superficie de contrato, el productor deberá presentar una alegación. Para justificarlo, será necesario aportar dos fotografías georreferenciadas, tomadas después del 15 de marzo, que muestren la situación de la parcela donde estaba prevista la siembra.

Esta declaración de excepcionalidad se ampara en la normativa europea, que permite adoptar medidas de apoyo ante catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos graves que afecten seriamente a la explotación, ajustando así los criterios de las ayudas financiadas por los fondos FEAGA y FEADER.

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