La orden, publicada en el BOCYL, establece cuatro cotos de pesca, cinco escenarios deportivo-sociales y 29 refugios donde la actividad queda prohibida. Esta regulación, que afecta a ríos como el Tormes y el Águeda, detalla las modalidades, cupos y temporadas hábiles para garantizar un aprovechamiento sostenible de los recursos
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León ha oficializado la nueva regulación que regirá la actividad pesquera en Salamanca durante 2026. La normativa, publicada este viernes en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) a través de la Orden MAV/1506/2025, de 29 de diciembre, actualiza la declaración de cotos, escenarios deportivo-sociales y refugios de pesca en toda la Comunidad.
Esta medida, que deroga la anterior Orden MAV/64/2025, busca garantizar un aprovechamiento sostenible de los recursos piscícolas, fundamentado en datos científicos y en la conservación de las poblaciones acuáticas. Para la provincia de Salamanca, la regulación establece nuevos espacios en ríos emblemáticos como el Tormes y el Águeda, afectando directamente a los aficionados a la pesca recreativa y a la protección de la biodiversidad.
La actualización responde a la Ley 9/2013 de Pesca de Castilla y León, que clasifica las aguas para asegurar su sostenibilidad. A continuación se detallan las novedades específicas para la provincia salmantina, con los planes de pesca aprobados para cada categoría de espacio acuático.
En la provincia se han declarado cuatro cotos de pesca, todos ellos ubicados en el río Tormes, que operarán con modalidades mixtas o sin muerte para fomentar la conservación. Estos tramos requieren la obtención de permisos diarios limitados y se rigen por planes específicos que regulan los períodos hábiles, los cupos de captura y los cebos permitidos.
- Coto de Tormes (Sieteiglesias de Tormes): Se trata de un tramo de aguas trucheras de 5,75 km de longitud. Su límite superior se sitúa 500 metros aguas arriba del puente de Fresno Alhándiga y el inferior en el Azud de la piscifactoría de Galisancho. Funciona con modalidad mixta, con un período hábil desde el tercer sábado de marzo al 15 de octubre y seis permisos diarios. El cupo es de dos truchas comunes (talla mínima 24 cm), y dos barbos u otros ciprínidos por especie, siendo nulo para estas especies entre el 1 de mayo y el 15 de julio. Una vez alcanzado el cupo de trucha, se debe continuar en modalidad sin muerte.
- Coto El Chorrón (Pelayos): Este coto de aguas trucheras tiene una longitud de 2,39 km y se localiza entre el pie de presa del Embalse de Santa Teresa y el refugio de pesca. Es un tramo sin muerte, con diez permisos diarios. El período de pesca va del tercer sábado de marzo al 15 de octubre, todos los días de la semana. El cupo de trucha es cero, mientras que para ciprínidos como los barbos es de dos ejemplares (talla 24 cm), siendo nulo entre mayo y julio. Solo se permiten cebos artificiales con anzuelo simple.
- Coto Galisancho (Galisancho): Con una longitud de 5,31 km de aguas trucheras, sus límites son el Azud de la piscifactoría de Galisancho y el Molino aguas arriba de la Aceña Oviedo. Es un coto sin muerte con diez permisos diarios, activo de marzo a octubre. El cupo de trucha es cero y el de ciprínidos tiene límites. Se exige el uso de cebos artificiales y se prohíbe la flotación.
- Coto Villagonzalo II (Encinas de Abajo): Tramo de aguas no trucheras de 6,18 km, entre el Azud Central Mirat en Villagonzalo y el puente nuevo de Encinas de Abajo. Es un coto con muerte, con 16 permisos diarios, y un período hábil del 1 de mayo al 15 de octubre (jueves, sábados, domingos y festivos). El cupo es de un hucho (70 cm), cero truchas, dos ciprínidos por especie (nulo de mayo a julio) y dos tencas (25 cm). Tras capturar el hucho, se debe pasar a modalidad sin muerte.
La nueva orden también establece cinco escenarios deportivo-sociales en la provincia. Estos espacios están diseñados para la pesca recreativa en la modalidad sin muerte y su acceso se gestiona mediante pases de control, siendo idóneos para la organización de eventos sociales y deportivos.
- Alba de Tormes (Ejeme): Un tramo de 6,35 km de aguas trucheras, disponible todo el año con 30 pases diarios. El cupo es cero para todas las especies.
- Tormes I (Pelayos): Con 4,15 km de aguas trucheras, está abierto de marzo a octubre con 30 pases diarios y cupo cero.
- Tormes III (Villamayor): Tramo de aguas no trucheras de 4,39 km, abierto todo el año con 50 pases diarios y cupo cero.
- Embalse Santa Teresa I (Montejo): Escenario de 1,78 km en aguas no trucheras, disponible todo el año con 35 pases diarios y cupo cero.
- Embalse Santa Teresa II (Cespedosa de Tormes): Con 3,62 km de aguas no trucheras, se puede pescar todo el año con 60 pases diarios y cupo cero.
Asimismo, se han realizado tres declaraciones de Aguas en Régimen Especial, enfocadas en especies concretas como la tenca y con regímenes de pesca adaptados que no requieren pase.
- Charcas y tramos para tenca: Diversas masas de agua en las cuencas del Duero y Tajo, donde se permite la pesca con muerte durante todo el año. El cupo es de seis tencas de 15 cm y cero para otras especies.
- Azud de Riolobos (Villar de Gallimazo y Campo de Peñaranda): Un largo tramo de 14,24 km de aguas no trucheras. Se permite la pesca con muerte en los períodos de enero a febrero y de agosto a diciembre. El cupo es de dos tencas de 25 cm y dos ciprínidos (nulo de mayo a julio).
- San Fernando (Santibáñez de Béjar): Tramo de 1,97 km de aguas no trucheras donde se permite la pesca con muerte desde el 14 de mayo, con un cupo de seis tencas de 15 cm y ciprínidos con límites.
Finalmente, la normativa declara numerosos refugios de pesca, que suman alrededor de 29 enclaves, donde la actividad piscícola queda permanentemente prohibida para proteger las poblaciones acuáticas, especialmente en zonas de alto valor ecológico. Estos refugios son los siguientes:
- Río Águeda (Navasfrías, 5,63 km)
- Río Francia (La Alberca, 4,63 km)
- Yeltes-Arroyo Cilleros (Cilleros de la Bastida, 4,47 km)
- Arroyo Milanos y Arromilano (Montforte de la Sierra, 10,93 km)
- Río Cuerpo de Hombre (Candelario, 7 km)
- Arroyo Manzanar (Candelario, 3,48 km)
- Arroyo Jarilla (Candelario, 2,07 km)
- Arroyo Barquillo (Candelario, 1,58 km)
- Arroyo Oso (Navacarros, 5,21 km)
- Río Perosín (Peñaparda, 1,58 km)
- Arroyo Ladrón (Navasfrías, 4,88 km)
- Arroyo Colodrero (El Sahugo, 11,28 km)
- Ríos Rubioso y Payo (El Payo, 5,72 km)
- Arroyo Muerto (Peñaparda, 5,12 km)
- Arroyo Arropeones (Peñaparda, 5,97 km)
- Río Riofrío (Villasrubias, 3,22 km)
- Río Agadón (Monsagro, 8,99 km)
- Río Morasverdes (El Maillo, 2,76 km)
- Río Batuecas (La Alberca, 8,69 km)
- Laguna Hoya Moros (Candelario, 0,83 km)
- Laguna Zarza (Boada, 2,06 km)
- Laguna Cristo (Aldehuela de Yeltes, 1,94 km)
- Laguna Cervera (Aldehuela de Yeltes, 0,89 km)
- Laguna Lavajales (Rágama, 2,70 km)
- Laguna Boada (Boada, 0,93 km)
- Laguna Grande de Campanero (Castillejo de Martín Viejo, 0,66 km)
- Laguna Cervera (Olmedo de Camaces, 0,86 km)
- Laguna Campo (Sando, 0,65 km)
- Laguna San Marcos (La Alberca, 0,47 km)
La cartografía detallada con la delimitación de todos estos espacios se encuentra disponible para su consulta en la página web de la Junta de Castilla y León. Contra esta orden, los interesados pueden interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses.