Para el resto de vehículos de movilidad personal más ligeros, esta obligación se aplaza hasta que se apruebe el Real Decreto que regulará su registro.
La cuenta atrás ha comenzado para un grupo específico de usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). La Dirección General de Tráfico (DGT) ha confirmado que los propietarios de los patinetes más potentes y pesados no podrán acogerse a la moratoria administrativa y deberán tener sus vehículos asegurados antes del próximo 26 de enero de 2026.
Aunque la entrada en vigor generalizada del registro y el seguro obligatorio estaba prevista inicialmente para el 2 de enero, la normativa establece una distinción clara. Según la Ley 5/2025, existe una categoría de vehículos que, por sus características técnicas, deben cumplir con la obligación de aseguramiento de manera inminente, independientemente de que el registro oficial de la DGT esté operativo o no.
El organismo de tráfico ha emitido un comunicado para recordar que el periodo transitorio para estos modelos específicos finaliza en apenas unas semanas. A partir de esa fecha, circular con estos dispositivos sin la correspondiente cobertura de responsabilidad civil será sancionable.
La normativa es precisa respecto a las características técnicas que determinan esta obligación inmediata. Los usuarios deben verificar las especificaciones de sus dispositivos, ya que la ley afecta a aquellos vehículos de movilidad personal que cumplan simultáneamente dos condiciones:
Para estos casos, la DGT especifica que deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción previa en el registro de vehículos. Es decir, la falta de la herramienta administrativa para registrarlos no exime a sus dueños de la responsabilidad de contratar una póliza antes de la fecha límite del 26 de enero.
La situación es diferente para la gran mayoría de los patinetes eléctricos que circulan por las ciudades, considerados "vehículos personales ligeros" (aquellos que no alcanzan los pesos y velocidades mencionados anteriormente). Para este grupo mayoritario, la DGT ha confirmado que no será exigible el seguro obligatorio a partir del 2 de enero, tal y como se había planteado inicialmente.
El motivo de este aplazamiento es administrativo. El Real Decreto que debe dar cobertura jurídica a la inscripción de los VMP se encuentra todavía en tramitación. Aunque el Consejo de Ministros acordó su vía de urgencia el pasado 18 de noviembre de 2025 y el desarrollo técnico está listo, la norma no estará aprobada a tiempo para el inicio del año.
Por tanto, Tráfico ha comunicado que "no será aplicable la obligación previa de inscribir los vehículos de movilidad personal hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo". En consecuencia, la exigencia del seguro para estos vehículos ligeros queda en suspenso hasta que se active dicho registro.
Una vez que se apruebe finalmente el Real Decreto pendiente, la situación cambiará para todos los usuarios. En ese momento, todos los vehículos de movilidad personal, sin excepción, quedarán obligados a inscribirse en el Registro de Vehículos.
La DGT ha adelantado que este trámite se realizará mediante un "sencillo procedimiento telemático" a través de la Sede Electrónica del organismo. La institución se ha comprometido a informar detalladamente sobre los pasos a seguir a través de sus canales habituales tan pronto como la regulación entre en vigor.