El acusado ha reconocido los hechos y ha consignado 8.000 euros a la víctima, lo que ha permitido aplicar la atenuante de reparación del daño en una sentencia de conformidad dictada por la Audiencia Provincial de Salamanca.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un hombre a una pena de tres años de prisión como autor de un delito de agresión sexual cometido contra su expareja. La sentencia, fechada el 9 de julio de 2025, se ha dictado por conformidad de todas las partes, después de que el acusado reconociera íntegramente los hechos y reparara parte del daño abonando 8.000 euros a la víctima.
El suceso tuvo lugar en la madrugada del 9 de abril de 2024. Sobre las 05:30 horas, el hombre se presentó en el domicilio de su expareja pidiéndole que le dejara entrar bajo el pretexto de que alguien le estaba persiguiendo. Una vez en el interior, y tras un intento fallido de besarla en el salón, ambos se dirigieron al dormitorio. La víctima le advirtió explícitamente que podía quedarse a dormir, pero que "no iba a tener ninguna relación con él".
Pocos minutos después, ya acostados, el hombre "con ánimo libidinoso", se subió encima de ella y la penetró vaginalmente, a pesar de que la mujer le decía en todo momento que no quería. Tras la agresión, el procesado eyaculó sobre el pecho y el hombro de la víctima, le dijo "no te enfades" y abandonó el domicilio.
El procedimiento judicial ha concluido sin la celebración de un juicio oral completo, ya que todas las partes han alcanzado un acuerdo. El acusado admitió su culpabilidad y aceptó el relato de hechos presentado por el Ministerio Fiscal. Tanto la acusación particular, en representación de la víctima, como la defensa se adhirieron a este acuerdo.
Un factor determinante en la pena final ha sido la aplicación de la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño. El tribunal ha valorado que el procesado abonara a la víctima la cantidad de 8.000 euros en concepto de indemnización por los daños morales sufridos antes de la celebración del juicio.