En la sentencia de absolución de Miguélez, en los hechos probados, el juez señala al exalcalde socialista y al PSOE “por hacer contrataciones mediante resoluciones, sin base de convocatoria para la misma plaza”
“Al tiempo de tomar posesión la acusada como alcaldesa, referido Ayuntamiento no tenía publicada Oferta de Empleo Público ni existían Bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades de contratación laboral temporal del Ayuntamiento, ni aprobado procedimiento de urgencia para la cobertura temporal de los puestos que lo precisaren, mostrando interés la hoy acusada desde que llegó a la Alcaldía en publicar la oferta de empleo”, detalla la sentencia.
A partir de ahí la sentencia, en su apartado de Hechos Probados, hace referencia a las mesas de negociación convocadas por la alcaldesa desde el 16 de junio de 2019 “para negociar referidos temas”. También alude a la convocatoria de comisiones de gobierno para informar y llegar acuerdos “siendo aprobadas finalmente las bases para la formación bolsas de trabajo y el procedimiento de urgencia en plenos del Ayuntamiento celebrados en el año 2020”.
En su explicación, la Audiencia Provincial de Salamanca señala al anterior alcalde socialista, Jesús Blázquez y al equipo de Gobierno del PSOE durante la legislatura 2015-2019. La sentencia afirma que muchas de “estas contrataciones se hacían mediante resoluciones dictadas por el anterior alcalde del Ayuntamiento, no constando que previo a dichos contratos se hubiera publicado alguna base de convocatoria para la provisión de la plaza referida”.
Eso sí, la sentencia judicial detalla las únicas contrataciones en las que las plazas se ofertaron correctamente por parte del equipo de Gobierno socialista: “ Únicamente en las contrataciones realizadas para el período de 3/10/2016 al 31/12/2016 y de 1/10/2018 al 31/01/2019, se ofertó referido puesto de trabajo por parte del Ayuntamiento a través de la oficina virtual de la página web del Servicio de Empleo Público de Castilla y León (ECYL)”.
Por lo tanto la diferencia entre una y otras contrataciones es que el PSOE no contrató a candidatos de su lista electoral, al contrario que la alcaldesa que lo hizo con su número 7.