OPINIóN
Actualizado 09/12/2024 19:08:19
Marcelino García

Todo discurso que pueda ser considerado como intolerante por un sector de la población debe poder ser cuestionado, pero con medidas que no impliquen la imposición de penas de cárcel.

Lara Brusa Safigueroa

Defensora de los derechos humanos

A primera vista parece que los dos conceptos están bastante bien diferenciados y que se detectaría perfectamente en cualquier situación si se trata de una circunstancia de libertad de expresión o de delito o situación de odio. Si buscamos en internet los dos términos, nos encontraremos con dos conceptos bastante breves y claros:

La libertad de expresión se refiere al «derecho fundamental que protege la difusión de ideas por parte de los individuos o colectivos sin temor a sufrir censuras o represalias». Mientras que un delito de odio hace referencia a «una infracción penal que surge por prejuicios contra una o varias personas que pertenecen a un determinado grupo social. Grupo social determinado por la raza, religión, género, edad, ideología, orientación sexual, discapacidad, enfermedad u otros motivos» o. en otras palabras, individuos o grupos sociales minoritarios y vulnerables.

Así, podemos pensar que uno empieza donde acaba el otro: en el momento en el que expresas una opinión basada en un prejuicio negativo hacia un determinado grupo social, deja de ser un derecho fundamental de libertad de expresión y se convierte en un delito de odio. Y viceversa: si la opinión que expresas no contiene ningún prejuicio negativo hacia un grupo social determinado, no se considera delito de odio, sino que estás ejerciendo tu derecho de libertad de expresión.

Pero, ¿por qué algunos individuos se sienten amenazados (por un delito de odio) mientras que aquellos que lo «expresan» defienden que es una opinión válida y respaldada por su derecho a libertad de expresión? ¿Qué falla para que no quede claro lo que cada uno expresa? ¿Qué límites tiene la libertad de expresión?

En España han sido encerrados, condenados y juzgados titiriteros, activistas, periodistas, tuiteros y raperos por lo que expresan en redes sociales o en las letras de una canción. Pero también por delitos de enaltecimiento del terrorismo, injurias contra la corona, a instituciones del Estado y ofensa contra los sentimientos religiosos. Como ejemplos encontramos: el caso del rapero Pablo Hasél, que fue condenado a prisión por letras de canciones y tuits que se consideraron ofensivos para la Corona y las fuerzas de seguridad del Estado. O la situación de Mikel Urbaien, periodista de Noticias Navarra, al que la Guardia Civil le quitó el móvil y cortó el vídeo que estaba grabando durante las protestas contra la monarquía del pasado verano.

Pero estas leyes que apoyan estas condenas, se tratan de leyes imprecisas y muy generales, por lo que en muchas ocasiones se condenan actos que no alcanzan el grado necesario para constituir una incitación directa al odio. En muchas ocasiones no se rebasan estos «límites» de la libertad de expresión ni la difusión de ideas que establece el derecho internacional.

Desde Amnistía Internacional se defiende que todo discurso que pueda ser considerado como intolerante por un sector de la población debe poder ser cuestionado, pero con medidas que no impliquen la imposición de penas de cárcel. Existen otras herramientas y maneras que amplían nuestro conocimiento de los derechos humanos, así como de sus límites en el momento en el que estos puedan entrar en colisión con el ejercicio de otros derechos humanos (momento en el que sí que se debería considerar delito o apología al odio)

La apología o el delito de odio incita directamente a la discriminación, hostilidad y violencia contra grupos vulnerables y minoritarios.

Por ello, por todos estos difusos límites que a día de hoy se siguen dando entre la libertad de expresión y delito de odio o apología al odio, es necesaria una reforma del Código Penal que garantice el derecho fundamental de la libertad de expresión y que condene verdaderamente los delitos de odio. Transmitir pensamientos, ideas, opiniones no debe ser sinónimo de delitos de odio, y debería ser aceptado.

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