Se cerrará al tráfico rodado a partir de las 8:00h. en las calles donde se instalen puestos excepto para los expositores acreditados que se amplía a la 10:00h. | Vados permanentes quedarán sin efecto alguno en la zona de puestos.
Con motivo de la celebración del Martes Mayor el alcalde de Ciudad Rodrigo ha hecho público un Bando por el cual los mirobrigenses y forasteros tendrán que regirse ese día aplicando nueva ordenanza reguladora.
Por todo ello, el día 13 de agosto, a partir de las 8:00h se cerrará al tráfico rodado las vías afectadas por la celebración del Martes Mayor, siendo éstas las calles del entorno comercial del casco histórico, excepto las habilitadas para el tránsito y/o aparcamiento de vehículos y que son: Calle y Plaza de Castillo, C/ Velayos, Puerta Santiago, C/ Cristóbal de Castillejo, C/ Campo del Pozo y C/ Campo de Carniceros.
Únicamente se permitirá el acceso a estas vías hasta las 10:00 del martes, 13 de agosto, a las personas que cuenten con licencia municipal autorizada para puesto de venta en el Martes Mayor. Al mismo tiempo, se prohibirá el estacionamiento de vehículos a partir de las 01:00h del lunes, 12 de agosto en las zonas de aparcamientos del casco histórico afectadas por el Martes Mayor siguientes: Rúa del Sol, San Juan, Plaza Mayor, Julián Sánchez, Cardenal Pacheco, General Pando, Díez Taravilla, Colada y Registro.
Igualmente, los vados permanentes situados en las zonas descritas y afectadas por el desarrollo del Martes Mayor, quedarán sin efecto alguno durante las horas de celebración de este día. (Art. 13 del Reglamento Municipal de Vados).
Los puestos comerciales se podrán montar desde las 8:00h, desarrollándose la jornada comercial desde las 10:00h hasta las 15:00h del martes, 13 de agosto de 2024.
Personal municipal de este Ayuntamiento facilitará las tareas de ubicación de los puestos desde las 8:00h, debiendo estar los puestos montados a las 10:00h. de ese día y perfectamente identificados con la licencia municipal expedida a tal efecto y visible en un lugar del puesto.
Durante la jornada festiva del Martes Mayor se autorizarán eventos musicales sin escenarios una vez finalizada la actividad comercial (16:00h). Dichas actuaciones se celebrarán “a ras de calle”, por razones de prevención y seguridad. Además, necesitarán autorización expresa del Ayuntamiento debiéndose de ajustar a las condiciones que en la autorización se indiquen.
Así, con todo ello, las actuaciones o eventos del Martes Mayor (13 de agosto), deberán respetar el trasiego fluido de personas en las zonas de los puestos comerciales, así como el acceso a las viviendas, cuya entrada no puede ser bloqueada ni por instalaciones ni por la aglomeración de personas.
Tampoco podrá haber instalaciones o aparataje en las calzadas de las vías, por si fuera necesario el paso de vehículos de emergencia.
Dado el entorno monumental en el que se desarrolla principalmente el Martes Mayor, se pide a los gerentes y propietarios de los establecimientos hosteleros, que las barras de bar, puestos de venta y demás instalaciones que se colocan en las diferentes vías públicas de la ciudad estén bien acondicionadas y presenten un aspecto decoroso, ajustándose a lo establecido en la Ordenanza Municipal del Martes Mayor, citada anteriormente.
Aquellas zonas donde haya puestos comerciales instalados y estén próximos a terrazas de bares (caso de la Plaza Mayor), estas terrazas no podrán instalarse hasta las 16:00h (según indica la ordenanza reguladora del Martes Mayor), dando prioridad así a los puestos comerciales de venta para que tengan una mayor comodidad a la hora de exponer sus productos sin tener obstáculo alguno. Así pues, las terrazas de bares no se instalarán esa mañana o bien SOLAMENTE podrán ocupar la zona de la acera de su fachada, dejando libre el resto de la vía pública, para de esta manera permitir desarrollar su actividad a los puestos de comercio instalados en este día de Martes Mayor. En caso de que estos establecimientos hosteleros o negocios con terrazas no cumplan con las indicaciones, les será aplicada la normativa vigente antes referenciada.
Igualmente deben quedar despejados los accesos a las viviendas, con el fin de que los vecinos entren y salgan de sus moradas sin problemas. Los establecimientos de hostelería evitarán el depósito de basura, vasos, botellas o cualquier otro residuo en los entornos de las viviendas, locales comerciales, puertas, ventanas y comercios próximos, que molesten o dificulten el paso de las personas a sus viviendas o comercios, siendo obligación de los titulares de los establecimientos de hostelería el cuidar para que esta prescripción se cumpla.