La Junta de Castilla ha puesto en marcha ayudas económicos para los estudiantes de Castilla y León que están matriculados en Bachillerato, Formación Profesional, estudios de Idiomas o enseñanzas artísticas o deportivas.
El plazo para solicitar la ayuda acaba el 30 de septiembre
Las ayudas van destinadas al alumnado que en el curso 2024-2025 van a estar matriculados en alguna de las siguientes situaciones:
a) Bachillerato en todo tipo de centros docentes.
b) Ciclos formativos de Formación Profesional de grado básico en todo tipo de centros docentes.
c) Ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio en todo tipo de centros docentes.
d) Ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior en todo tipo de centros docentes.
e) Cursos de formación específicos preparatorios para el acceso a la formación profesional de grado medio y grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.
f) Cursos de especialización de las enseñanzas de formación profesional impartidos en todo tipo de centros docentes.
g) Enseñanzas de Idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas en régimen oficial en cualquier modalidad, tanto presencial como semipresencial o a distancia.
h) Enseñanzas Deportivas conducentes a la obtención de los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior impartidas en todo tipo de centros docentes.
i) Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, tanto de Grado Medio como de Grado Superior cursadas en centros docentes de titularidad pública.
j) Enseñanzas artísticas elementales y profesionales de música y danza cursadas en centros docentes sostenidos con fondos públicos.
k) Enseñanzas Artísticas superiores de Música, Arte Dramático, Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, tanto de grado como de máster, cursadas en centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Hay tres tipos de ayudas:
1. Ayuda variable. Se concederá en función del intervalo de porcentajes del umbral máximo de renta familiar establecido en el apartado octavo.1 de la Orden de convocatoria en el que se encuentre encuadrada la renta de la unidad familiar del solicitante, conforme a la siguiente relación:
Menor o igual al 25% del umbral máximo de renta familiar: 450 euros.
Superior al 25% e inferior o igual al 50% del umbral máximo: 350 euros.
Superior al 50% e inferior o igual al 75% del umbral máximo: 250 euros.
Superior al 75% e inferior o igual al 100% del umbral máximo: 200 euros
2. La ayuda fija ligada a la residencia se podrá recibir por quienes además de ser beneficiarios de la ayuda variable necesiten residir, por razón de los estudios cursados en la modalidad presencial durante el curso escolar, en lugar distinto al domicilio familiar y cumplan los requisitos que establece el apartado noveno para esta modalidad de ayuda. No podrá optar a esta modalidad de ayuda el alumnado que curse estudios de Formación Profesional de grado básico. Las ayudas por este concepto ascenderán a mil seiscientos euros (1.600 €). En ningún caso el importe de esta ayuda será superior al coste real del servicio.
3. La ayuda fija en función de la excelencia en el rendimiento académico se podrá recibir por todo aquel que curse alguna de las enseñanzas contempladas en el apartado tercero, a excepción de las referidas en las letras b), e) y g), que además sea beneficiario de la ayuda variable.
Requisitos generales
Los establecidos en el apartado quinto de la Orden de Convocatoria. En el apartado de "ficheros disponibles" se encuentra la Convocatoria.
Requisitos académicos
Los establecidos en el apartado sexto (requisitos académicos para la ayuda variable) y décimo (requisitos académicos para la ayuda fija en función de la excelencia en el rendimiento académico) de la Orden de Convocatoria. En el apartado de "ficheros disponibles" se encuentra la Convocatoria.
Requisitos económicos
Los establecidos en el apartado octavo de la Orden de Convocatoria. En el apartado de "ficheros disponibles" se encuentra la Convocatoria.
En el caso de solicitar la ayuda fija llagada a la residencia habrá que cumplir los requisitos que aparecen en el apartado noveno de la Orden de Convocatoria. En el apartado de "ficheros disponibles" se encuentra la Convocatoria.
Las solicitudes se obtienen a través de este formulario.
TODA LA INFORMACIÓN, AQUÍ.