Para dar respuesta a las tensiones económicas generadas por los conflictos internacionales
El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha incluido hoy en un Real Decreto-ley la prórroga de varias de las medidas temporales establecidas para hacer frente a la crisis energética derivada de la guerra de Ucrania, cuya vigencia terminaba el próximo 31 de diciembre, reforzando así la protección de las familias y de las empresas. Igualmente, la norma incluye disposiciones para el fomento de las renovables y la competitividad de la industria –incluido el autoconsumo–, así como actuaciones para afrontar los efectos de la sequía.
En vista de la persistencia de las tensiones inflacionistas y de la incertidumbre que continúa afectando a los mercados internacionales, ahora también por la guerra en Gaza, el Ejecutivo ha decidido prolongar, durante seis meses con carácter general,
Estas disposiciones de protección se financiarán con cargo al superávit registrado en el sistema eléctrico durante 2022 –y el que pueda registrarse en 2023– así como con partidas específicas recogidas en los próximos Presupuestos Generales del Estado.
Igualmente, con el objetivo de potenciar la generación de energía renovable y la industria asociada a la transición ecológica, ha extendido de forma voluntaria hasta ocho años el plazo de tramitación de nuevos proyectos de renovables; ha incorporado criterios cualitativos en las subastas de renovables que reconozcan el valor añadido social y ambiental de la industria europea; ha seguido impulsando el autoconsumo; y ha introducido el almacenamiento de energía entre los usos del agua, adaptando a esta finalidad las concesiones de las centrales hidroeléctricas de bombeo.
Por otro lado, con relación a la sequía, particularmente notable en las cuencas del sur y el este –como la del Guadalquivir o las internas de Cataluña–, y con la intención de evitar problemas de suministro de agua, se adoptan nuevas medidas urgentes de índole tributario y administrativo, que permiten paliar el impacto de la falta de agua y repartir el recurso de forma solidaria y equitativa entre todos los sectores afectados.
Además, el Gobierno mantiene rebajas fiscales en electricidad, alimentos y eficiencia energética para dar respuesta a las tensiones económicas generadas por los conflictos internacionales
Este paquete de medidas recoge las prórrogas de medidas que ya entraron en vigor en 2022 o empezaron su andadura en 2023. La evolución de la economía y de los precios ha experimentado mejoras precisamente en ese último año. Una evolución en la que han influido de manera significativa los sucesivos RDL aprobados por el Gobierno, que han supuesto un ahorro de más de 25.000 millones de euros tanto para la ciudadanía como para las empresas.
Aun así, el Ejecutivo es consciente de que la incertidumbre por la guerra y la inflación siguen atenazando la economía mundial. Por lo que se hace necesario prorrogar ayudas que expiran el próximo 31 de diciembre de 2023 durante 2024. Algunas de las cuales permanecerán durante todo el ejercicio, mientras que en otros casos se dispondrá un plazo de vigencia hasta el 30 de junio del próximo año.
En el ámbito de la energía, se mantiene la rebaja fiscal sobre el IVA de la electricidad que consumen los hogares. El tipo de IVA será el reducido del 10% sobre todos los componentes de la factura de las entregas de electricidad. Dicha medida abarcará todo el año 2024. Antes de la crisis energética, la tributación era del 21%.
Para la factura del gas se aplicará el mismo gravamen del 10%. Una rebaja fiscal que estará vigente del 1 de enero al 31 de marzo del próximo año. Este tipo de IVA se aplicará además a pellets, briquetas y leña, sustitutivos ecológicos del gas natural procedentes de biomasa y destinados a sistemas de calefacción. El periodo comprendido para aplicar dicha rebaja abarcará el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de ese mismo año. Antes de la crisis, el IVA en ambos casos era del 21%.
El Impuesto Especial sobre la Electricidad mantendrá asimismo una reducción en su tipo impositivo en el primer semestre de 2024. Durante el primer trimestre de ese año, el tipo del IEE quedará fijado en el 2,5%. En el segundo trimestre, este pasará al 3,8%. Este impuesto alcanzaba el 5,113% antes de que el Gobierno empezara a impulsar medidas.
En cuanto al Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía, se impulsa una recuperación gradual del mismo tras el descenso de los precios de la electricidad y la normalización del mercado eléctrico. Durante 2024, la base imponible será el importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica. En el primer trimestre, esta base será minorada en la mitad de las retribuciones que correspondan a la electricidad incorporada al sistema. En el segundo, lo será en una cuarta parte de las retribuciones de la electricidad incorporada al sistema.
Todas estas medidas garantizarán el objetivo de mantener una reducción significativa de la factura de productos energéticos de los hogares, en particular durante el periodo invernal. Lo que se compaginará con la normalización de los precios de mercado, que han experimentado rebajas sustanciales con respecto a los periodos de mayor tensión, como el récord de los precios del mercado mayorista de 2021 y la invasión rusa en Ucrania iniciada en febrero de 2022.
La rebaja impositiva sobre los alimentos que ha estado vigente todo 2023 se prorrogará hasta el 30 de junio de 2024. Las pastas y los aceites de oliva y semillas también seguirán con el IVA reducido del 5% como ya ocurría hasta ahora. Además, los considerados como alimentos de primera necesidad mantendrán un tipo de IVA del 0%. Esto afectará a los siguientes:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
Estas medidas que buscan seguir abaratando la cesta de la compra continuarán siendo únicamente para el consumidor. Por lo que dicha reducción no podrá dedicarse a incrementar márgenes de beneficios empresariales que puedan llevar a un encarecimiento de la cadena de producción.
El texto del RDL refuerza la apuesta del Gobierno por impulsar la rehabilitación energética de viviendas o edificios, al prorrogar las deducciones de IRPF vinculadas a las obras realizadas con ese fin. Por este motivo, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 todas las medidas destinadas a las reformas que ayuden a realizar un consumo más sostenible de energía, ya sea en casas particulares o en bloques de vecinos.
Estas ayudas, vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), permitirán deducirse un 20%, 40% o 60% de IRPF a quienes impulsen estas actuaciones sobre sus propiedades. Unos porcentajes sujetos al tipo de vivienda y a la profundidad de las obras que se realicen para lograr el objetivo de reducir el consumo y obtener los certificados correspondientes que así lo avalen.
Junto a lo anterior, hay que destacar la prórroga en la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
El Ejecutivo continuará respaldando a los trabajadores autónomos con el mantenimiento de las ayudas y beneficios fiscales aprobados en los últimos años para facilitarles su labor. Para ello, se permitirá que apliquen el método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento neto de su actividad económica.
Esto evitará un incremento en sus obligaciones, al extenderse durante 2024 los límites cuantitativos que delimitan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.
La excepción son las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que ya dispone de un límite cuantitativo por volumen de ingresos específico. Lo mismo ocurrirá con el IVA, al prorrogarse el próximo ejercicio los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
El RDL incluye la prórroga durante 2024 de los dos gravámenes temporales previstos en la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Además, el RDL contempla la futura revisión de ambos gravámenes para su plena integración en el sistema tributario. De la misma manera, también se prevé una posible concertación con las comunidades de País Vasco y Navarra.
El texto plantea además el establecimiento en la Ley de Presupuestos Generales de 2024 de un incentivo para que los obligados al pago en el sector energético accedan al mismo si realizan inversiones estratégicas desde 1 de enero de 2024.
Por último, se prorroga la aplicación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas mientras no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en las CCAA. Circunstancia que está vinculada a la reforma del sistema de financiación autonómica.
Entre las disposiciones que se mantendrán hasta el 30 de junio de 2024 figuran la prohibición de interrumpir por impago los suministros básicos de electricidad, agua y gas natural a los consumidores vulnerables, así como los descuentos del bono social eléctrico del 65% para los consumidores vulnerables, del 80% para los consumidores vulnerables severos y del 40% para los hogares trabajadores con bajos ingresos.
También se mantienen los límites aplicados al crecimiento de la Tarifa de Último Recurso de gas (TUR), que impiden un incremento de coste de la materia prima por encima del 15%, limitando la subida trimestral aproximadamente al 5%, así como la existencia de la TUR vecinal, al que pueden acogerse las comunidades de propietarios con calefacción central de gas natural. El precio máximo que podrá alcanzar el butano seguirá establecido en 19,55 euros por bombona.
Beneficiando a todos los consumidores, los cargos de la electricidad se mantendrán en el mismo nivel que ahora durante todo 2024, esto es, alrededor de un 55% por debajo del nivel que tenían en 2021, antes del estallido del conflicto en Ucrania.
Por otro lado, se extiende seis meses más la reducción del 80% de los peajes de la industria electrointensiva, así como la flexibilización para modificar la potencia eléctrica contratada y los contratos de suministro de gas.
En materia de fiscalidad energética, se fijan tipos impositivos reducidos sobre los suministros de electricidad, gas natural, combustibles de biomasa empleados para la calefacción –como pellets o briquetas–, así como para los suministros de calor.
En el caso de la electricidad, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se situará en el 10% durante todo 2024; el Impuesto Especial de la Electricidad (IEE) estará en el 2,5% durante el primer trimestre del año y en el 3,8% durante el segundo; y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) tendrá un tipo del 3,5% hasta marzo, pasando a tener un 5,25% hasta junio.
En el caso de los suministros de gas natural, el IVA se situará en el 10% durante los primeros tres meses de 2024, mientras que se mantendrá en ese mismo nivel para los combustibles de biomasa durante seis meses. Los suministros de calor seguirán esa misma pauta, dependiendo de su origen fósil o renovable.
La UE ha dado señales claras para que los estados miembros incrementen el apoyo a la industria europea de renovables, clave para garantizar la estabilidad y la seguridad de suministro, para alcanzar los objetivos climáticos y para reforzar su relevante impacto en el empleo y en el tejido empresarial, en un momento en que está reduciendo su cuota en el mercado global.
Concretamente, el reciente Paquete Europeo sobre la Energía Eólica plantea una mejora del diseño de las subastas de renovables para que, además de los criterios económicos, incluyan criterios cualitativos que ponderen los elevados estándares medioambientales y sociales de los productos europeos, que reconozcan el valor añadido de la producción europea.
En consecuencia, las subastas para otorgar el Régimen Económico de Energías Renovables podrán incluir criterios de adjudicación no económicos con una ponderación máxima del 30%, como la contribución a la resiliencia, la sostenibilidad ambiental, la innovación, el impacto socioeconómico del proyecto u otros aspectos que mejoren la integración de las renovables en el sistema eléctrico.
Con la intención de potenciar la industria europea asociada a la transición energética y de evitar tensiones en la cadena de valor que pueden encarecer los proyectos y aumentar las importaciones de bienes de equipo, el Ejecutivo ha modificado los hitos de la tramitación administrativa que deben cumplir los nuevos proyectos de energías renovables que estableció el Real Decreto-ley 23/2020,
Con esta modificación también se propicia una incorporación ordenada de las nuevas instalaciones que aumente la visibilidad de la senda para cumplir los objetivos nacionales de producción de energía limpia fijados para 2030 y beneficiar más a toda la economía en un contexto de creciente electrificación.
Por lo tanto, el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Construcción del proyecto se incrementa seis meses, hasta los 49 meses. Además, los promotores podrán prolongar desde los cinco hasta un máximo de ocho años el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Explotación; sólo tendrán que indicar el semestre en que prevén la entrada en servicio de la instalación, con carácter vinculante. El plazo total máximo de tramitación para los parques eólicos marinos y los bombeos hidroeléctricos pasa a ser de nueve años.
Con un avance adicional de la política de fomento del autoconsumo, y favoreciendo particularmente a las instalaciones de gran escala, ligadas a la actividad industrial, el 10% de la capacidad de todos los nudos de la red de transporte de electricidad reservada para celebrar concursos de acceso, queda a su vez reservado para garantizar la evacuación de los excedentes de las instalaciones de autoconsumo.
Asimismo, se facilitará el acceso a los fondos para autoconsumo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con modificaciones puntuales en el Real Decreto 477/2021, habilitando a las comunidades autónomas –encargadas del reparto de fondos territorializados– a reducir la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de adjudicación.
Con el objetivo de aportar certidumbre a las instalaciones de cogeneración, biomasa y tratamiento de residuos, cuyos costes de explotación dependen esencialmente del coste del combustible, el Gobierno ha aprobado los valores de referencia para calcular sus ingresos regulados a partir del próximo 1 de enero, como el precio de la electricidad y el gas en los mercados mayoristas.
La retribución a la operación que percibirán estas de instalaciones durante el primer semestre de 2024 asciende a 685 millones para la cogeneración y el tratamiento de residuos, y 2,23 millones para la biomasa. Estas cifras no implican sobrecoste con relación a las estimaciones de la propuesta de metodología para actualizar la retribución a la operación que inició su tramitación en noviembre.
El almacenamiento de energía es fundamental para la integración de grandes volúmenes de producción renovable y la electrificación acelerada de la economía. En este sentido, el Gobierno ha integrado el almacenamiento entre los usos del agua, ubicándolo en tercer lugar en el orden de preferencia establecido, por detrás del abastecimiento a poblaciones y el uso agrario, y por delante de la producción de energía eléctrica y de otros usos industriales. Igualmente, se adaptan las concesiones de las centrales hidroeléctricas de bombeo para que se consideren como almacenamientos hidráulicos de energía y se propicie su repotenciación.
La norma aprobada también incluye dos tipos de medidas para afrontar la sequía, de exención tributaria y de tipo administrativo, para corregir o mitigar la situación.
Por un lado, durante 2024 se conceden exenciones sobre el canon de regulación y la tarifa de utilización del agua para las explotaciones agrarias beneficiarias de las obras hidráulicas en las siguientes cuantías: el 50% de reducción de la cuota si se ha producido una bajada de la dotación de agua superior al 40% e inferior al 60%. Y del 100% de reducción de la cuota si la bajada de la dotación de agua es igual o superior al 60%.
Por otro lado, las confederaciones hidrográficas podrán establecer las reducciones de suministro necesarias para la justa y racional distribución de los recursos, modificar los criterios de prioridad en las asignaciones o suspender cautelarmente el otorgamiento de títulos que implique el incremento del consumo. Además, se refuerza el régimen sancionador para las infracciones relacionadas con estas medidas.
A los usuarios de las obras hidráulicas de la cuenca Guadalquivir se les concede una reducción del 50% al canon de regulación y la tarifa de utilización del agua. Y a los regadíos de la cuenca del Segura que usan el Acueducto Tajo-Segura, se les exime de las aportaciones correspondientes al coste de las obras y los gastos fijos de la tarifa de conducción de las aguas, entre otras facilidades.