Y otro 3% para 2025, además, en ambos casos, sería aplicable la cláusula de garantía prevista para estos ejercicios en el acuerdo de convenios con los sindicatos
La CEOE propondrá a sindicatos y Gobierno subir el salario mínimo interprofesional (SMI) un 3% para 2024, desde los 1.080 euros actuales por catorce pagas hasta los 1.112,4 euros al mes, y aplicar otra subida del 3% para 2025, lo que le situaría por entonces en 1.145,77 euros mensuales. En ambos casos, sería aplicable la cláusula de garantía prevista para estos ejercicios en el acuerdo de convenios con los sindicatos.
La patronal ha abordado la subida del SMI en su Junta Directiva de este miércoles ante la "inminente" convocatoria a los agentes sociales que va a realizar el Ministerio de Trabajo y Economía Social para abordar la actualización del SMI, tal y como ha avanzado estos días la vicepresidenta segunda y ministra del ramo, Yolanda Díaz.
La organización que dirige Antonio Garamendi ha afirmado en un comunicado que su propuesta de subida del SMI para los años 2024 y 2025 está en línea con lo acordado con CCOO y UGT en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).
"Las organizaciones empresariales consideran adecuada esta propuesta para tratar de mantener una correlación entre la evolución del SMI y la del resto de salarios que se pactan en el marco de la negociación colectiva", defiende la CEOE.
En todo caso, la patronal precisa que esta propuesta "tiene como condición sine qua non" la modificación de la normativa de revisión de precios en los procesos de contratación del sector público para repercutir el incremento del SMI en los contratos en ejecución, tal y como también se recoge en el V AENC firmado por las organizaciones empresariales y los sindicatos.
La patronal subraya que el aumento del SMI que proponen CEOE y Cepyme "se sitúa por encima del incremento salarial del 2% aplicado a los funcionarios para 2024".
Las organizaciones empresariales aseguran además que su propuesta tiene en cuenta las variables previstas en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores a la hora de fijar el SMI, como el IPC, la productividad nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica.
Asimismo, las organizaciones empresariales han reiterado en su comunicado su petición de que se establezca un régimen de deducciones aplicables al sector agrario, con una reducción del 20% sobre la cuota empresarial por contingencias comunes, que se sumaría a los incentivos ya vigentes.