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Actualizado 14/03/2023 19:42:59
Redacción

Con esta Ley las empresas no podrán despedir a sus trabajadores

El pasado mes de diciembre el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de la nueva Ley de Familias, que trae consigo una serie de cambios que te contamos a continuación, como por ejemplo, que los trabajadores podrán disfrutar de 5 días al año de baja, que serán totalmente remunerados, cuando se necesite cuidar de algún familiar.

El objetivo de esta nueva medida es conseguir una mayor conciliación de la vida familiar y laboral, debido a que muchas familias se encuentran con dificultades y problemas a la hora de poder cuidar a sus hijos y que esto no se vea reflejado en su ámbito laboral.

Cabe destacar que para llegar a este anteproyecto, los Ministerios de Derechos Sociales y de Igualdad han pasado varios meses trabajandebatiendo y trabajando en esta medida, cuya principal novedad es que se incluye un permiso por cuidado retribuido al 100% durante 5 días para atender a un familiar o a un conviviente.

Además, con esta Ley las empresas no podrán despedir a sus trabajadores. Una ley de la que aún no se conoce fecha de inicio.

MEDIDAS

    • Permiso no retribuido de 8 semanas para los padres trabajadores. Consiste en la posibilidad de cuidar de los menores de edad hasta que cumplan los 8 años,. Se podrá disfrutar de ese permiso seguido o en emanas de forma discontinua. Se podrá prorrogar.
    • Permiso retribuido de 5 días al año para que cada trabajador pueda cuidar de familiares de segundo grado o convivientes. Con esta medida se amplía de 2 a35 días este permiso ya existente. Con esta modificación, no será necesario que sea un matrimonio.
    • Permiso retribuido de hasta 4 días para urgencias cuando haya motivos familiares que sean imprevisibles.
    • Se amplía el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a familias de acogida y adoptantes.
    • Se eleva la pensión de orfandad hasta los 26 años y el permiso por cuidado de menor con una enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.
    • Se amplía la ‘Renta crianza’ de 100 euros para hijos de 0 a 3 años.
    • La Ley de Familia crea el título de ‘familia monomarental’. Se entenderá por familia ‘monomarental’ cuando exista una única persona progenitora.

EL TÉRMINO 'FAMILIA NUMEROSA' LLEGA A SU FIN

Se elimina el término ‘familia numerosa’, que pasará a conocerse como ‘Ley de Protección a las Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza’. Se reconocerá a las 'familais nuemrosas' reconocidas hasta el momento y a las familias ‘monomarentales’ con 2 hijos, familias con 2 hijos en las que un ascendiente o descendiente tenga discapacidad, familias con 2 hijos encabezadas por una víctima de violencia de género, familias en las que un cónyuge haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, familias con 2 hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un 1 o haya ingresado en prisión.
Se entenderá como categoría ‘especial’ cuando una familia tenga 4 o más hijos (hasta el momento eran 5) o 3 (si al menos 2 proceden de partos, adopciones o acogimientos múltiples).

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