Las personas que se quieran jubilar con el 100% de su pensión han de tener, como mínimo, 66 años y cuatro meses cumplidos
Con la llegada del nuevo año vuelve a cambiar la edad de jubilación. Las personas que se quieran jubilar con el 100% de su pensión han de tener, como mínimo, 66 años y cuatro meses cumplidos, en virtud de la reforma de pensiones del año 2013, en la que se elevó dicha edad de jubilación de los 65 a los 67 años.
En este sentido, si se superan los 37 años y nueve meses cotizados, aquellos trabajadores que quieran jubilare con el 100% de la pensión deberán tener cumplidos los 65 años.
El requisito de cotización mínima para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación sin embargo no cambió con la reforma de 2013, que se mantuvo en al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.
Jubilación parcial. Los trabajadores que prefieran acceder a este caso, sin que la empresa haga un contrato de relevo (aquel que se suscribe en una empresa para sustituir a un trabajador que ha solicitado la jubilación parcial), la edad mínima de acceso será la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.
Si la empresa hace un contrato de relevo para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la edad mínima de acceso para la jubilación parcial será desde el 1 de enero de 2023 de 62 años y cuatro meses si se tienen cotizados al menos 35 años y nueve meses, o de 63 años y ocho meses en el caso de que se tengan 33 años cotizados.