La medida se mantendrá al menos cuatro meses, aunque el plazo se ampliará hasta seis si el IVA subyacente de marzo no está por debajo del 5,5%,
Facua-Consumidores en Acción ha advertido de que los establecimientos no pueden subir los precios de los alimentos afectados por la bajada del IVA durante al menos cuatro meses, plazo que se ampliará hasta seis si el IVA subyacente de marzo no está por debajo del 5,5%, según ha informado en un comunicado.
El secretario general de la asociación, Rubén Sánchez, ha señalado que, aunque será muy leve el impacto a la baja que tendrá la rebaja del IVA en el gasto mensual de las familias, el aspecto más importante de la medida es que implica la congelación de los precios de los productos afectados hasta final de abril o, de prorrogarse, hasta que acabe junio.
"En todo caso, los establecimientos podrán bajar los precios de esos alimentos durante estos meses, pero nunca subirlos a niveles por encima de los que marcasen el 31 de diciembre tras descontarles la bajada del impuesto, salvo que se produzcan incrementos en sus costes", ha precisado Sánchez.
Según figura en el artículo 72 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, se establece en el apartado 3 que "la reducción del tipo impositivo beneficiará íntegramente al consumidor, sin que, por tanto, el importe de la reducción pueda dedicarse total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos".
"La efectividad de esta medida se verificará mediante un sistema de seguimiento de la evolución de los precios, independientemente de las actuaciones que corresponda realizar a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) en el ámbito de sus competencias", reza el citado apartado.
De esta forma, la organización de consumidores ha mostrado su esperanza en que Competencia desarrolle y realice seguimientos de los precios de estos alimentos desde la última semana de diciembre para controlar el cumplimiento de la norma.
Así, Facua ha reclamado a las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas que pongan en marcha también controles de precios y trasladen a la CNMC las irregularidades que detecten.
Asimismo, la organización ha instado a los consumidores a denunciar ante la CNMC a aquellos establecimientos que no repercutan la bajada del IVA al precio de los alimentos afectados por la medida o en los que se apliquen subidas durante este periodo si cuentan con pruebas de ello, como fotografías de su importe en las distintas fechas o tiques de compra.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez anunció la semana pasada que a partir del 1 de enero se aplicará el 0% de IVA a los siguientes alimentos a los que se les repercutía el 4% como el pan común, la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común, las harinas panificables, la leche, los quesos, los huevos, las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, mientras que se baja del 10% al 5% el IVA a los aceites de oliva y de semillas y a las pastas alimenticias.
El artículo 72 del real decreto-ley precisa que volverá a aplicarse el IVA del 4% y el 10% a estos alimentos el 1 de mayo "en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%". Si no es así, la medida continuará en vigor hasta final de junio, han precisado desde Facua.