Estas son las principales novedades que facilitarán a los españoles que residen en el extranjero ejercer su derecho al voto en próximas convocatorias electorales
Tras la supresión del voto rogado, el nuevo procedimiento para los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) permitirá que los electores puedan descargarse las papeletas a través de Internet, y además se adelantará el envío tradicional de la documentación electoral, con lo que podrán elegir entre las dos opciones. Además, para facilitar la participación electoral, se ampliarán los centros para votación en urna, no sólo las embajadas sino en todos los consulados y los centros oficiales que se habiliten.
Y del mismo modo, se ampliarán los horarios y días de votación (podrán votar “entre el octavo y el tercer día” previo a la jornada electoral, mientras que hasta ahora solo podían hacerlo durante los tres días previos).
Además, se protegerá el envío de los votos emitidos en el extranjero estableciendo que se hagan llegar a España por valija diplomática. En consecuencia, se amplía dos días el plazo del escrutinio para que las papeletas lleguen a tiempo.
Otros cambios establecen que la Junta Electoral Central deberá hacer un informe de las medias que se vayan tomando y que el CERA se actualizará cada cinco años para tener más localizados a los electores.