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Actualizado 19/04/2022 16:16:30
Redacción

Castilla y León establece que el título de familia numerosa se expedirá en el plazo máximo de 10 días contados a partir de la presentación de la solicitud

El título de familia numerosa tiene, con carácter general, una vigencia de 5 años.

Para que se reconozca y mantenga el derecho a ostentar la condición de familia numerosa, los hijos o hermanos deberán reunir las siguientes condiciones, tal y como recoge la web de la Junta de Castilla y León:

  • Ser solteros y menores de 21 años, o ser discapacitados o estar incapacitados para trabajar, cualquiera que fuese su edad. Tal límite de edad se ampliará hasta los 25 años incluidos, cuando cursen estudios que se consideren adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
  • Convivir con el ascendiente o ascendientes, sin perjuicio de lo previsto en el supuesto de separación de los ascendientes. Se entenderá en todo caso que la separación transitoria motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares no rompe la convivencia entre padres e hijos.
  • Depender económicamente del ascendiente o ascendientes.

La solicitud de reconocimiento de la condición de familia numerosa y la expedición del título, así como la renovación de este, podrá solicitarse por cualquiera de los ascendientes, el tutor, acogedor, guardador u otro miembro de la unidad familiar con capacidad legal. El título se expedirá en el plazo máximo de 10 días contados a partir de la presentación de la solicitud.

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