LOCAL
Actualizado 24/12/2021 08:11:25
Redacción

Desde este viernes, y permanecerá en vigor hasta que la situación sanitaria lo aconseje

Fue el pasado 26 de junio cuando el Gobierno central decidió poner fin a la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los exteriores si se podía mantener la distancia de 1,5 metros. Sin embargo, ante la evolución de la pandemia de la Covid-19 y con los contagios disparados, España vuelve a recuperar desde este viernes la obligatoriedad de usar la mascarilla en exteriores. Este jueves ya se publicaba en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y que recoge el uso obligatorio de mascarillas en mayores de 6 años en la en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes.

¿Cuáles son las excepciones?, ¿qué multa puede acarrear no usarla?

Las excepciones: la práctica de deporte individual, y también durante la realización de actividades que no sean de carácter deportivo, pero se realicen en espacios naturales, siempre que, en ambos casos se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

No llevarla puesta, o ni siquiera llevarla encima por si la necesitáramos, puede acarrearnos una sanción de 100 euros.

¿Hasta cuándo estará en vigor esta medida? Tal y como señala Sanidad, hasta que la situación sanitaria lo aconseje.

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