Foto de archivo de uno de los controles perimetrales de la Guardia Civil en Salamanca


LOCAL
Actualizado 16/07/2021
Redacción

El importe a pagar por este tipo de infracciones oscilaba entre los 601 y los 30.000 euros, pero en la mayoría de los casos se han zanjado con la mínima sanción

El Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad del confinamiento general de la población, acordado el pasado mes de marzo de 2020 mediante el decreto 463/2020 que dio lugar al primer estado de alarma por la crisis de la Covid-19, después de un largo debate en el que se ha discutido si estas estas medidas adoptadas, suponían una limitación de Derechos Fundamentales o una suspensión de los mismos.

Esto abre la puerta a anular las sanciones que se interpusieron a aquellos ciudadanos que se saltaron la prohibición de deambular. Recordemos que las fuerzas de seguridad impusieron más de un millón de sanciones en toda España durante aquel primer estado de alarma, aunque gran parte de ellas no se cobraron. El importe a pagar por este tipo de infracciones oscilaba entre los 601 y los 30.000 euros, pero en la mayoría de los casos se han zanjado con la mínima sanción y prueba de ello es que el pago medio entre los expedientes con propuesta de resolución es de 732 euros y entre las sanciones acogidas al pronto pago de un total de 687 euros.

Los desplazamientos no autorizados fueron las sanciones más comunes. Las multas que no hayan sido tramitadas, decaen; las tramitadas pero sin cobro, quedarán sin efecto, y aquellos que ya pagaron la sanción, podrán reclamar a la administración la devolución del importe que pagaron.

¿Cómo puedo reclamar?

Los expertos de la compañía española Legálitas, dedicada al asesoramiento jurídico, detallan que la vía más adecuada para solicitar la devolución sería interponer un Recurso Extraordinario de Revisión. En el caso de aquellas que se encuentran en trámite, bastaría con alegar la inconstitucionalidad de las mismas.

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