Si se rechaza la vivienda hipotecada, el heredero tampoco podrá beneficiarse de ninguno de los bienes que conformen el resto de la herencia
No solo se heredan los bienes, también las deudas, y esto incluye los préstamos bancarios cuando la herencia es una vivienda hipotecada. ¿Qué hacer?, ¿qué debemos tener en cuenta? Lo primero que tenemos que saber es que si el heredero acepta la herencia (vivienda) tendrá que asumir el pago del préstamo hipotecario pendiente, con las condiciones establecidas. Es decir, la entidad financiaria no puede cambiar las condiciones de la hipoteca al realizar el cambio de titular.
¿Y si no el heredero no está dispuesto o no puede pagar la deuda pendiente? Tal y como señalan los expertos, en este caso se puede rechazar la herencia o aceptar a beneficio de inventario.
Siguiendo las recomendaciones de pisos.com, antes de tomar una decisión lo que hay que hacer es recabar toda la información sobre la hipoteca (capital pendiente de pago, cuota, avalistas...). En el supuesto de que haya dos titulares, "los herederos reciben el 50% de la deuda o el porcentaje en el que esté repartida la hipoteca, pero si rechazan la herencia es el titular vivo el que tiene que asumir la totalidad del préstamo hipotecario". Por su parte, cuando la hipoteca está respaldada por un avalista, el aval sigue vigente aunque fallezca el titular de la hipoteca, de tal manera que cuando los herederos aceptan heredar la vivienda hipotecada continúa el aval hasta que se paga la deuda.
Si se rechaza la vivienda hipotecada como herencia, el heredero tampoco podrá beneficiarse de ninguno de los bienes que conformen el resto de la herencia. Si, por el contrario, se acepta la herencia a beneficio de inventario no se compromete el patrimonio del heredero ya que la hipoteca podría pagarse con el resto de los bienes heredados.