"Cláusulas Covid" en los contratos de alquiler


LOCAL
Actualizado 09/11/2020
Redacción

Permite incluir la cancelación del contrato de alquiler sin penalización en el supuesto de que se produzca otro confinamiento domiciliario y el inquilino tenga que cambiar de lugar de residencia

La actual situación de incertidumbre causada por la pandemia del Covid-19 está haciendo que cada vez más propietarios de inmuebles incluyen en los contratos de alquiler las denominadas 'cláusulas COVID' y que, entre otros puntos, permite incluir la cancelación del contrato de alquiler sin penalización en el supuesto de que se produzca otro confinamiento domiciliario y el inquilino tenga que cambiar de lugar de residencia.

Ni propietarios ni inquilinos quieren verse en situaciones como las que se produjeron en los meses del primer estado de alarma, y ante esta situación algunos han decicido adelantarse. En cuanto a los alquileres, un colectivo especialmente a tener en cuenta es el de los estudiantes; los universitarios que se trasladan a otra ciudad para sus estudios y que, de implantarse un nuevo confinamiento, muchos de ellos podrían plantearse volver a sus respectivos domicilios habituales.

¿Qué son las 'cláusulas COVID'?

Es una cláusula incluida en un anexo al contrato de alquiler que especifica las condiciones en caso de un rebrote o de una futura nueva pandemia. En concreto, estipula la cantidad que el inquilino pagará al propietario en caso de que se repita el confinamiento y éste abandone el inmueble antes de la finalización del contrato. Cada arrendador decide la cantidad a percibir y la negocia con el inquilino antes de la firma.

Así, puede acordarse la posibilidad de abandonar la vivienda y cancelar el contrato de alquiler sin penalización. La ventaja en este supuesto para el arrendador sería que podrá tener la vivienda de nuevo disponible para alquilársela a otra persona en cuanto desee.

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