Las solicitudes, cuyo documento se habilitará en la página web municipal y en la de Tormes+, se podrán presentar de forma electrónica o presencial con cita previa
El Ayuntamiento de Salamanca abrirá el próximo 13 de octubre la convocatoria para optar al uso de los huertos urbanos ecológicos que actualmente se construyen en la ribera del río Tormes en Salas Bajas, entre los barrios de Chamberí y Tejares, según ha anunciado hoy la concejala de Medio Ambiente, Parques y Jardines, Miryam Rodríguez, una vez entra en vigor el reglamento y las bases que regulan su funcionamiento tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y la aprobación de la convocatoria en la Comisión de Medio Ambiente.
Estos huertos, cuya cantidad final se incrementa hasta 617 tras incorporar una nueva zona para personas con movilidad reducida junto a la nave de aperos, formarán parte de un gran parque de más de 100.000 metros cuadrados en el entorno de la ribera del río Tormes con una lonja agroalimentaria y nuevas zonas de ocio y disfrute.
La iniciativa, con un presupuesto global superior a los dos millones de euros, está vinculada a la Agricultura Ecológica, enmarcada en la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Intregrado (EDUSI) Tormes+, que en total cuenta con un presupuesto en torno a 20 millones de euros, cofinanciados por los fondos FEDER y el Ayuntamiento de Salamanca, gracias a la política de cohesión de la Unión Europea.
Beneficiarios
La ejecución de este proyecto pondrá a disposición de los salmantinos uno de los mayores "pulmones verdes" de la ciudad de Salamanca. Los huertos abarcarán una superficie media de 45 metros cada uno y estarán delimitados en doce sectores vallados con medidas de seguridad, entre las cuales se incluyen cámaras de vídeo vigilancia y control digital de acceso.
En concreto, se crearán cuatro modalidades, destinándose al ocio (360 huertos en los sectores A, C y E; y 20 para personas con movilidad reducida, de aproximadamente tres metros de longitud por 70 centímetros de anchura, en bandeja elevada a 70 centímetros del suelo, en el sector L), a fines sociales (192 huertos en los sectores H, I, J y K), a la formación educativa (28 huertos en los sectores D y G) y a la investigación (17 en el sector B), esta última fuera de esta convocatoria, pues será objeto de un posterior convenio con universidades y centros de investigación.
Por tanto, aparte de la función productiva, que es la razón de ser de los huertos, se promueve una función ambiental, urbanística y estética, conservando los valores ecológicos de la ribera del río y habilitando espacios libres; una función social, a través de actividades educativas, lúdicas y terapéuticas; una función saludable, con beneficios para el bienestar personal y la alimentación; y una función cultural, manteniendo y promoviendo la tradición hortícola popular.
Podrán ser beneficiarias de la adjudicación de uso de los huertos las personas mayores de edad empadronadas en el término municipal de Salamanca con una antigüedad de al menos un año, así como cualquier entidad pública/privada o empresa de economía social con sede en el municipio de Salamanca, cuyo fines y objetivos cumplan objetivos de formación, emprendimiento y sociales ligados a la agricultura ecológica.
En el caso de las personas con movilidad reducida, podrán optar por los 360 huertos de ocio en suelo o los 20 en bandeja, debiendo acreditar su condición a través de un certificado emitido por el centro base o unidad similar de valoración de la discapacidad de la Comunidad Autónoma.
Requisitos y plazo
Todos los interesados podrán presentar las solicitudes hasta las 23:59 horas del 6 de noviembre de 2020 a través del registro municipal electrónico o de forma presencia, con cita previa en el correo electrónico citaprevia@salamanca010.es o el número de teléfono 900 550 010. El documento estará disponible en la página web del Ayuntamiento, www.aytosalamanca.es, y en la página web de Tormes+, www.mastormessalamanca.es.
Una vez cerrado el plazo, se aprobará la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en la página web municipal y en el tablón de edictos, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación de posibles errores. A continuación, con la lista definitiva de admitidos, se realizará un sorteo para fijar un orden de adjudicación, pudiendo el Ayuntamiento realizar reservas de huertos, por motivos sociales (personas con menores ingresos, exclusión social, etcétera), de emergencia o de interés público.
Para los huertos sociales y de formación, en el caso de haber más solicitudes que huertos disponibles en la primera convocatoria, se realizará un reparto proporcional entre el número de huertos pretendido por cada empresa.
Derechos y obligaciones
Las autorizaciones tendrán una duración como máximo de seis años, incluidas las posibles prórrogas, en función del tipo de huerto que se trate, y siempre que existan huertos vacantes y no haya lista de espera. Los beneficiarios deberán abonar una fianza de 50 euros, que será devuelta cuando finalice el periodo de uso si no incumplen el reglamento para el correcto funcionamiento de cada huerto, y posteriormente un importe de 50 euros cada año que se disfrute la parcela concedida.
Los huertos destinados al ocio o con fines sociales dan derecho a cultivar la parcela adjudicada y disfrutar de sus productos, utilizando sistemas de riego que prioricen el ahorro de agua, su propia semilla o bien de procedencia ecológica y sólo abonos orgánicos.
Por su parte, los huertos de formación e investigación dan derecho a cultivar la parcela adjudicada dentro de los mismos condicionantes ecológicos de los huertos de ocio y sociales, con la excepción de que los frutos obtenidos y/o su rendimiento deberán tener como fin la continuación de la labor formativa e investigadora.
Serán un espacio de encuentro, reflexión, y activación del tejido social con intercambio de experiencias, conocimiento, opinión, ciencia e investigación, que ayude a enriquecer la convivencia vecinal, y la integración social desde el respeto y el fomento de la igualdad de oportunidades. Hasta el desarrollo de una Ordenanza municipal específica, la comercialización de la producción estará prohibida y se considerará una infracción muy grave.