La mayor parte de los okupas abandonan la vivienda ante el requerimiento judicial
En el momento en que unos propietarios advierten de la ocupación ilegal de un inmueble y avisan a las autoridades, se inicia un proceso legal que puede durar meses y que deriva en conflicto en una de cada tres ocasiones.
Si la ocupación se produce en la vivienda habitual, se trata de un delito de allanamiento de morada y no de ocupación o usurpación, por lo que la Policía puede proceder al desalojo inmediato de los delicuentes. Estos procesos se suelen solucionar en 24 o 48 horas. La denuncia se debe interponer ante las fuerzas de seguridad lo antes posible.
Si la ocupación se produce en una vivienda no habitual, el proceso es diferente y puede demorarse durante meses, según las circunstancias. La primera acción supone interponer una demanda en el juzgado de primera instancia.
En el pasado 2018 se aprobó una ley que pretendía facilitar el desalojo de ocupas. Esta ley permite afrontar la situación mediante la vía penal y la vía civil. La agilización del proceso se ha conseguido en la vía civil, ya que ahora no es necesario identificar a los ocupantes del inmueble. De esta manera, se condena al ocupante a desalojar la vivienda y que corra con los gastos del proceso legal, pagando abogado y procurador, además de los daños materiales producidos. Además, es un tipo de sentencia contra la que no cabe recurso.
En cambio, el proceso penal es más largo. Se tipificia un delito de usurpación u ocupación, en el que las penas pueden llegar a ser de uno a dos años de cárcel si los "okupas" han utilizado la violencia o la intimidación.
Una tercera opción es la de contratar una empresa especializada en desalojos. El precio ronda los 2.000 euros y la eficacia es muy alta, aunque en la mayor parte de los casos implica un conflicto directo con los "okupas". Estas empresas se han multiplicado en España en la última década, siendo una de las opciones que terminan eligiendo la mayor parte de los propietarios que se enfrentan a largos procesos legales.