"Paradise Lost", un revelador documental de HBO acerca de estos jóvenes que fueron juzgados y hallados culpables del asesinato de tres niños de ocho años. Estos días han aflorado las protestas por el racismo y, este caso se asimila mucho, ya que se trata de motivos discriminatorios, claro está que el tema racial es en Estados Unidos una constante en los cientos de años precedentes pero en esta ocasión, el hecho de vestir de negro, escuchar determinados grupos de música y llevar un estilo de vida alternativo forman un veredicto: adoradores del diablo. El proyecto que duró casi dos décadas reviste de una importancia vital al poner de relieve las dos vertientes en que se bifurca el factor humano. En primer lugar, aquellas personas que se convierten en meros peones, alienados por la idea que se forma en la masa, incapaces de formar una opinión propia. En el otro extremo, la gente que tiende a guiarse por la objetividad y observar los hechos desde una perspectiva imparcial. Es esta segunda categoría la que se vio cautivada por la historia detrás de la cámara y a convertirse en un auténtico movimiento en aras de la puesta en libertad de "los tres de West Memphis". No hace falta irse a la América profunda, pues este fenómeno de clases se puede producir en cualquier lugar. Queda desmentida la premisa de que en la era moderna no se producen auténticas "cazas de brujas".
Aunque el caso no sea de inmediata actualidad, cabe plantearse de nuevo la eficacia del jurado popular o como lo conocemos en España, la institución del Tribunal del Jurado. Sean nueve, doce o veintiséis las personas que lo formen, va a seguir existiendo la lacra de la inexistencia de imparcialidad. Queda constancia de que en este supuesto, el jurado estaba sesgado, bien por el conocimiento de los hechos de primera mano o por el sensacionalismo de los medios debido a la brutalidad del crimen. Pero si antes nos referíamos a la discriminación empleada contra los afroamericanos, con seguridad podemos obtener innumerables ejemplos de cómo esta figura está maleada, resultando de riesgo en muchos casos y con índices de error demasiado elevados. Puede que en algún momento sea completamente viable, mas a la sociedad aún le queda camino por recorrer, pues en el momento en que vivimos no se puede hablar de unanimidad en las pautas sociales imperantes que forman el juicio de cada persona.
No menos importante son las garantías procesales durante el enjuiciamiento, sino también en sede de diligencias policiales, que se recogen en nuestras leyes y Constitución. Paradise Lost da la respuesta a por qué este caso, que adolecía de material probatorio, no quedó sobreseído: la confesión de uno de los tres presuntos autores, el cual no llegaba a ser un inimputable pero tenía cierta discapacidad. Confesión que se obtuvo mediante la coacción de los policías durante un período de doce horas continuadas. Hoy en día, el que más o el que menos, es consciente de que tiene la prerrogativa de ser informado de sus derechos y del por qué de su detención, además de la asistencia de un letrado. Es necesario que las fuerzas del orden ostenten una posición privilegiada, pero también debe haber límites a las vis que puedan ejercer: nada puede justificar que se excedan en sus métodos para obtener una culpabilidad, afán que no solo es culpa de ellos si no que se deriva de la necesidad de resolver a toda costa el crimen para apaciguar las voces que se alzan pidiendo una solución. Si se ahonda más en las circunstancias, incluso podríamos hablar de la figura del perjurio (en nuestro país conocida como falso testimonio) que llevan a cabo los inspectores a cargo de la investigación.
Después de largos años en prisión, obtuvieron su libertad a través de la Declaración de Alford, una doctrina jurídica que resulta una contradicción en sí misma. Se trata de reconocer la culpabilidad de los hechos sobre una base de inocencia, un gran triunfo para el Estado y una vía de escape para estos chicos cuya juventud ya quedó atrás. Y si decimos logro para el Estado, no nos equivocamos, pues continua el estigma cuanto menos jurídico, porque, a pesar de quedar liberados sobre el papel, no están exonerados. A esta consecuencia le podemos sumar otra: el no tener que indemnizarlos por los errores de la administración de justicia ni por el tiempo de presidio. Realmente, ¿cómo cabría indemnizarlos? Es decir, esto excede la esfera del daño moral, ¿qué baremo puede mostrarnos el resarcimiento de dieciocho años de vida perdidos? El perjuicio desde el punto de vista humano que han sufrido puede intentar ser reparado económicamente, pero tiene el mismo resultado que el pretium mortis, cuando se indemniza a las víctimas por la pérdida de un ser querido.
Los chicos que ingresaron a la cárcel ya entrados los años noventa, no son ni mucho menos los hombres que salen de ella en el año 2011, pese a todo argumento que se pueda esgrimir sobre la resocialización, la realidad es que ese ambiente hostil, en la mayoría de los casos no hace que la persona mute a una versión mejorada de sí mismo. De todas formas, es digno de alabanza el sentimiento de amistad que siguen irradiando, porque si bien las tres condenas eran de por vida, el caso de Damien Echols tenía un drástico final, la pena de muerte. Jason Baldwin y Jessie Misskelley, Jr, reos de cadena perpetua y, sobre todo el primero, deseaban luchar por su exoneración total, pero ante la complicada situación de su amigo finalmente aceptan el acuerdo.
Un dulce ornamento para un agrio desenlace.