Se puede solicitar en cualquier oficina de Correos hasta el próximo 31 de octubre, debiendo ser el solicitante el que realice el trámite
Los ciudadanos que quieran votar por correspondencia en las elecciones generales del próximo 10 de noviembre pueden solicitarlo hasta el próximo 31 de octubre, inclusive, en cualquier oficina de Correos de España. Además, la Junta Electoral Central (JEC) acordaba ampliar el plazo depósito del voto por correo para las elecciones generales hasta el viernes 8, el último antes de los comicio
Esta solicitud debe ser gestionada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial. De ser así, el solicitante podrá autorizar notarial o consularmente a otra persona para que realice el trámite.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.
Elecciones locales parciales
Asimismo Correos va a gestionar el voto por correspondencia para las elecciones locales parciales que se celebrarán el 17 de noviembre en 35 municipios y en 88 entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio en los que no se presentó ningún candidato para los comicios del 26 de mayo, así como en otros tres municipios con mesas cuyo escrutinio fue anulado en las últimas elecciones municipales.
En este caso, el plazo para poder solicitar el de voto por correspondencia finalizará el 7 de noviembre.