La cuantía de la subvención será una cantidad máxima equivalente al 50 % del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada anualidad
La Consejería de Empleo ha convocado ayudas, a través de la Dirección General de Economía Social y Autónomos, destinadas a cubrir los costes salariales de trabajadores en riesgo de exclusión integrados en empresas de inserción.
La cuantía de la subvención será una cantidad máxima equivalente al 50 % del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada anualidad, correspondiente al puesto de trabajo por cuenta ajena ocupado por un trabajador de estas características que realice una jornada laboral completa. Si el contrato es a tiempo parcial, la subvención experimenta una reducción proporcional a la jornada laboral realizada. El periodo subvencionable se establece entre el 1 de agosto de 2016 y el 31 de julio de 2017.
El plazo de presentación será hasta el 31 de julio de 2017 para el primer periodo subvencionable, que comprende desde el 1 de agosto de 2016 al 31 de mayo de 2017, y del 1 al 15 de septiembre de 2017 para el segundo periodo subvencionable, que comprende del 1 de junio de 2017 a 31 de julio de 2017.
Los beneficiarios son las empresas de inserción, entidades cuyo objeto social es la realización de actividades tendentes a conseguir la integración laboral y el acceso al mercado ordinario de trabajo de personas en situación o riesgo de exclusión social. Al menos el 30 % de la plantilla tiene que estar formada por trabajadores en situación de riesgo o exclusión social.