El objetivo es crear nuevos empleos


CYL
Actualizado 24/04/2017
Redacción

Publicadas las primeras cuatro convocatorias de ayudas destinadas a impulsar la inserción de personas con discapacidad

La Consejería de Empleo ha publicado las primeras cuatro convocatorias de ayudas destinadas a impulsar la creación de empleo en el ámbito de la Economía Social. En concreto, en centros especiales de empleo a través de la incorporación de socios trabajadores en sociedades cooperativas y sociedades laborales en el Régimen General y facilitando la actividad por cuenta propia de trabajadores dándose de alta como autónomos. La Consejería incrementará la dotación de cada una de estas líneas en función de las necesidades establecidas por la demanda de estas líneas de ayudas en concurrencia pública y también según la disponibilidad presupuestaria de la Junta.

Se destinan inicialmente 11 millones para financiar los costes salariales de trabajadores con discapacidad en los CEE, hasta el 50 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), con el objetivo de ayudar al mantenimiento de estos puestos de trabajo en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2016 y el 30 de noviembre de 2017. La financiación incluye el incremento del 8 % del SMI establecido por el Gobierno de España para 2017. El plazo de solicitud de esta línea es variable en función de los periodos subvencionables.

La misma convocatoria tiene un programa concreto, dotado con 500.000 euros, para financiar parcialmente inversiones realizadas mediante proyectos de interés social que generen empleos, preferentemente estables, para personas con discapacidad que estén desempleadas, tanto para la creación de nuevos CEE como para la ampliación de los ya existentes. Para solicitar esta ayuda deberán estar inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Castilla y León. Los beneficiarios deberán mantener la plantilla fija ocupada por trabajadores con discapacidad por un periodo mínimo de tres años, y los bienes adquiridos deberán figurar a nombre de la entidad beneficiada durante al menos cinco años. El plazo de solicitud de este programa concreto finaliza el 29 de septiembre de 2017.

La Consejería de Empleo ha convocado también una segunda línea de ayudas para financiar, con un millón de euros, las Unidades de Apoyo a la Actividad profesional en los CEE. Los destinatarios finales de esta subvención son personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, con una minusvalía reconocida del 33 % o más, y trabajadores con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 %.

Los gastos subvencionables son los costes salariales y de Seguridad Social, entre el 1 de agosto de 2016 y el 31 de julio de 2017, de los trabajadores contratados indefinidamente en las unidades de apoyo. El plazo de solicitud de esta subvención finaliza el próximo 15 de mayo.

511.224 euros para nuevos socios y proyectos en cooperativas

La convocatoria para la incorporación de socios trabajadores a cooperativas y sociedades laborales cuenta con dos programas: el de apoyo específico a la incorporación de nuevos socios, y un segundo programa que subvenciona la financiación de proyectos de inversión en estas fórmulas mercantiles de Economía Social.

El primer programa financia con 261.224 euros ampliables la creación y el mantenimiento del empleo en cooperativas y sociedades laborales con ánimo de lucro, a través de la incorporación de nuevos socios. Para ellos deberán estar constituidas e inscritas a la fecha de finalización del periodo subvencionable. Además, estas entidades asumirán la obligación de mantener, al menos durante tres años, como socio trabajador o de trabajo a las personas que han permitido la concesión de la ayuda.

Se podrá solicitar la subvención, por las incorporaciones de socios trabajadores o de trabajo que causen alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, entre el 1 de marzo de 2016 y el 28 de febrero de 2017. Los nuevos socios deberán estar incluidos dentro de los colectivos de desempleados menores de 25 años sin un primer empleo fijo; desempleados mayores de 45 años; desempleados de larga duración; aquellos desempleados que tengan reconocido el abono de la prestación por desempleo en un pago único; mujeres desempleadas; personas desempleadas con una minusvalía reconocida igual o superior al 33 %; desempleados en situación de exclusión social; y finalmente trabajadores vinculados a la empresa por contrato temporal.

El segundo programa de esta convocatoria destina 250.000 euros ampliables para financiar proyectos de inversión en cooperativas y sociedades laborales. Se podrán subvencionar las inversiones en instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje y equipos tecnológicos entre otros activos que han de ser nuevos. La subvención no podrá exceder el 50 % del valor de adquisición de los activos y las inversiones deben realizarse entre el día de la presentación de la solicitud y el 31 de julio de 2017 Las cooperativas y sociedades laborales podrán solicitar las ayudas correspondientes a los dos programas de esta subvención hasta el 15 de mayo de 2017.

100.000 euros para financiar cuotas a la Seguridad Social

La última convocatoria publicada destina una asignación inicial de 100.000 euros para el pago de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores que tengan concedida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total y desarrollen su actividad en la Comunidad.

Los beneficiarios serán aquellos trabajadores que pretendan incorporarse como socios trabajadores o de trabajo en una cooperativa de trabajo o sociedad laboral de forma estable, los que se constituyan como trabajadores autónomos, o los trabajadores que se incorporen en una sociedad mercantil y para ello capitalicen el 100 % de la prestación para realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de doce meses anteriores a la aportación.

Se subvencionará el 100 % de las cuotas satisfechas por el trabajador al Régimen General de la Seguridad Social durante el tiempo que hubiera correspondido percibir la prestación por desempleo de no haberse reconocido el de pago único, durante al período comprendido entre el 1 de septiembre de 2016 y 31 de agosto de 2017. Por último la cuantía alcanzará el 50 % de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia.

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