La sentencia europea obliga a los bancos a devolver lo cobrado por la "cláusula suelo"


LOCAL
Actualizado 21/12/2016
Redacción

Sentencia "histórica" del Tribunal de Justicia de la UE que falla en contra de la doctrina del Supremo

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) indica en una "sentencia histórica" que la jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las 'cláusulas suelo' en España es incompatible con el Derecho de la Unión Europea. Desde la Unión de Consumidores afirman que "esta nueva noticia conseguirá que los consumidores por fin puedan verse resarcidos totalmente del abuso de la 'cláusula suelo' y por tanto recuperar todo el dinero cobrado de más por los bancos por la aplicación de la cláusula suelo en su hipoteca". El TJUE ha determinado que, en caso de nulidad de la cláusula suelo, las entidades financieras deberán devolver la totalidad de lo cobrado de más por la aplicación de dicha cláusula, sin limitación temporal alguna, afectando a unas 8.000 personas en Salamanca.

El Tribunal Supremo español había establecido doctrina limitando los efectos retroactivos de la devolución de las cantidades, pero el Tribunal europeo ha dejado claro que una cláusula abusiva declara nula no puede vincular a los consumidores. La Asociación General de Consumidores de Castilla y León (ASGECOCYL) celebra esta "histórica sentencia que desacredita a la Justicia española".

En la misma línea, OCU aplaude la sentencia y pide a los bancos que devuelvan el dinero "de oficio". OCU se felicita por el fallo del Tribunal Europeo sobre cláusulas suelo y "finalmente habrá justicia para millones de consumidores afectados por esta cláusula abusiva en nuestro país. Los consumidores no deben pagar las malas prácticas de la banca". OCU recuerda que ya impulsó una petición al Parlamento Europeo con 70.000 firmas de ciudadanos que fue admitida a trámite, para que se aplicara efectivamente la normativa comunitaria y los afectados pudieran recuperar todo su dinero. Ante la contundencia del fallo OCU pide que las entidades devuelvan de oficio las cantidades cobradas indebidamente. OCU considera que los problemas causados por la banca no pueden ser asumidos por los consumidores, lo que habría generado un precedente muy negativo, en un contexto de abusos continuos y productos tóxicos (participaciones preferentes, acciones de Bankia, hipotecas IRPH, etc). y espera que este fallo sirva de impulso a la banca para tomar medidas que protejan efectivamente a los consumidores en el ámbito financiero y anima a todos los consumidores afectados por cláusula suelo a reclamar.

Desde Acosta&Santos recuerdan que el impacto económico para una familia en Castilla y León de media puede oscilar en 1500 euros anuales de ahorro, si se suprime está cláusula y de devolución total alrededor de los 5.000 euros. "Numerosas familias que han confiado y siguen confiando en Acosta&Santos Abogados para la eliminación de su cláusula suelo y la devolución de lo cobrado indebidamente, han recibido excelentes noticias por parte del TJUE, en una tesis que ya defendía con éxito este despacho de abogados en Salamanca con varias sentencias favorables con devolución total previas a la noticia de hoy".

En Acosta&Santos Abogados, "sentimos como nuestro este éxito para la Justicia Europea y Española, y no por casualidad, pues entre sus miembros se encuentran los abogados que consiguieron las ya históricas Sentencias del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y 24 de marzo de 2.015 que supusieron el inicio de este largo y tortuoso camino. Son ya son más de 500 familias las que nos han confiado su reclamación, con un 100% de las sentencias favorables obtenidas en Salamanca. Es importante no aceptar acuerdos que le ofrezcan las entidades de crédito y que perjudiquen a la economía de las familias afectadas y reclamar judicialmente la devolución total de su dinero", explican desde Acosta&Santos Abogados.

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