LOCAL
Actualizado 10/10/2016
David Rodríguez

CIUDAD RODRIGO | Habían presentado por su cuenta una reclamación al respecto ante el Procurador

Un menor de edad puede participar en una clase abierta de la Escuela de Tauromaquia de Salamanca o coronar un casteller (las montañas humanas de Cataluña) pero, según el Procurador del Común de Castilla y León, Javier Amoedo Conde, la construcción de los tablaos de Ciudad Rodrigo tiene que verla 'de lejos', según la resolución dictada a partir de una denuncia efectuada por Podemos Ciudad Rodrigo.

Esta formación política, que ya presentó otra queja al Procurador del Común en torno al acceso a las capeas del Carnaval por las tardes, denunció ante el mismo Procurador la participación de menores de edad en el proceso de construcción de los tablaos, toda una tradición en las familias de constructores para ayudar precisamente a conservar la forma tradicional de construcción de los tablaos.

Hasta ahora, los pliegos que recogían la construcción de los tablaos permitían la participación de menores de edad de entre 14 y 18 años de edad siempre que tuvieran la autorización de los padres, mientras que para los menores de 14 años se reservaba la figura de 'aprendiz', para que pudiesen seguir el proceso de construcción de cerca, aunque desde lugares seguros, para así pervivir la tradición.

Aunque nunca nadie había puesto la más mínima pega al respecto, Podemos decidió unilateralmente presentar la citada reclamación ante el Procurador del Común ya que según ellos "la protección que se debe a los menores colisionaba con su permanencia y colaboración activa en los trabajos de construcción de esa plaza de toros que implica, entre otros, el riesgo de caída en altura".

El Procurador del Común ha estimado esta reclamación y ha dictado una resolución, con un importante galimatías lingüístico incluido, por la que viene a 'prohibir' la presencia y participación activa de los menores de edad en la construcción de los tablaos.

La "investigación"

Según explica el Procurador del Común, durante sus "gestiones de investigación" (sic) se puso en contacto en primer lugar con la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Salamanca, desde donde se explicó que los peñistas participan de forma desinteresada en la construcción de los tablaos, por lo que no existe alta en la Seguridad Social para estas tareas.

Posteriormente, se explica que la investigación se centró en si la participación en los trabajos podía ser "perjudicial o dañina o puede suponer un riesgo" para los menores. Sin embargo, la resolución del Procurador no llega ni a la más mínima conclusión al respecto, limitándose únicamente a una doble recomendación al Ayuntamiento.

Por un lado, el Procurador se puso en contacto con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, desde donde se ha enviado al Ayuntamiento un "recordatorio" sobre las prohibiciones, limitaciones y actuaciones de la Ley de Promoción, Atención y Protección de la Infancia de Castilla y León.

Por otro lado, el Procurador ha decidido enviar su propia indicación al Ayuntamiento para que todas las medidas que se adopten tengan en cuenta "el valor superior del interés del menor".

En este sentido, el Procurador dice que "la protección del derecho a la vida y a la integridad física de los menores de edad" debe "regir las normas administrativas reguladoras" tanto del desarrollo del Carnaval como del montaje de los tablaos, "de forma que la superior jerarquía que el legislador atribuye al deber de perseguir dicho interés, sea debidamente aplicada en relación con las reglas relativas a la participación de dicha población en la instalación de los tablaos (o en la permanencia en el recinto durante los trabajos de construcción)".

Según Podemos (porque el Procurador no lo dice expresamente), esto significa la prohibición de la participación de menores en la construcción de los tablaos.

Podemos también añade en torno a la Ley de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León que puede ser sancionada con entre 4.000 y 50.000? "la participación activa de los menores en espectáculos y festejos públicos que conlleven situaciones de peligros que deban ser consciente y voluntariamente asumidas por quienes en ellos intervengan". Desde el punto de vista de Podemos, podría ser posible la imposición de esta sanción administrativa al haber participado menores de edad en los trabajos.

La resolución del Procurador del Común no es vinculante, por lo que ahora el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo puede tomar la decisión que estime más oportuna.

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