OPINIóN
Actualizado 02/08/2016
Redacción

El secretario de organización de Podemos, Pablo Echenique, ha tenido la necesidad de contratar a un asistente. Hasta aquí perfecto, pero el problema es cómo lo ha hecho. El eligió llegar a un arreglo informal donde uno explica lo que necesita a quien le ofrece sus servicios. Cuando la prensa ha sacado la noticia, la aptitud de Echenique ha sido ponerlo en manos de un abogado, al que seguro va a contratar de una manera más legal. Si su abogado no es experto en la materia, lo tiene muy fácil porque esta todo en internet, desde un informe detallado del Ministerio de Trabajo y Empleo, que resume en 11 páginas cuáles son las obligaciones del empleador para contratar una trabajadora doméstica, o a un asistente, hasta remontarse a la primera Ley, que data de agosto de 2011, una Ley a la que han ido sumándose otras normas. Por citar las más importantes, contamos con un Real Decreto 29/2012. O más adelante, la Ley 48/2015, en la que se incluye en los Presupuestos Generales del Estado. O la reforma más reciente que consta en el BOE de 30 de enero de 2016, donde se desarrollan las normas legales para la cotización de las trabajadoras domésticas en la Seguridad Social. Por normas que no quede, por lo que el desconocimiento de la Ley responde más a un acto de ceguera voluntaria que a un simple despiste. Un 40% de las trabajadoras domésticas trabaja de manera ilegal porque sus empleadores prefieren ahorrarse pagar su seguridad social, lo que incide sobre sus derechos a futuro, es decir, sobre su jubilación. Es evidente que, en todos los casos, se trata de asumir lo que implica formalizar una relación contractual, porque se trata de un contrato laboral, no de una relación de mutuos favores, que abarcan desde un salario variable hasta gratificaciones de todo tipo. Lo escandaloso, no es tanto que un cargo político, al parecer no perteneciente a la "casta", incurra en dichas prácticas, sino que su aptitud se parezca tanto a quienes abusan de su condición de empleadores para buscar empleadas domésticas y prefieran pagar en especies de cualquier tipo, desde juguetes que ya no se usan en la casa y que seguro serán más útiles para los hijos de su empleada, hasta quienes les dan "un poco más" de dinero por hora a modo de compensación. Esta practica es ilegal y además se basa en una relación de total desigualdad. Una reiterada indecencia que día a día sucede en los intramuros de aquellas casas cuyos dueños y dueñas, lavan su conciencia a través de múltiples justificaciones. Todo vale en el pago en especies, regalar ropa, o juguetes que ya no se usen, hasta aumentarle la paga, o tener un detalle por navidad. Estas formas de reconocimiento sólo se entienden desde la caridad que se ejerce sólo desde una relación vertical. Formalizar un contrato compromete a las dos partes en cuanto a fijar las vacaciones, los periodos de descanso, o las formas de despido, como cualquier trabajador por cuenta ajena, salvo un seguro de desempleo, porque el Gobierno de España ni antes, ni ahora en funciones, ha tenido tiempo de ratificar el Convenio 189 de la OIT que contempla este derecho.

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