El caso más chocante en Castilla y León sería la prohibición de devolver al agua a las carpas / CORRAL


CAZA Y PESCA
Actualizado 05/05/2016
Miguel Corral

Aseguran que la sentencia se apoya en artículos derogados de la ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad

La Federación Española de Pesca presentará un recurso contra el fallo del Tribunal Supremo que cataloga la carpa o la trucha arco iris como especies exóticas invasoras, una decisión que en el caso de Castilla y León afectaría, principalmente, a los cotos intensivos de trucha arco iris, que deberían desaparecer como escenarios de pesca al quedar prohibida la repoblación de los intensivos con esta especie.

El recurso que presentarán a la sentencia del TS, y que daba la razón en parte a Ecologistas en Acción, se basa en que la normativa en la que se apoya el fallo fue derogada tras la modificación del listado y el catálogo de especies exóticas, posterior a la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, por lo que la sentencia sería nula de pleno derecho.

La sentencia del TS afectaría de forma considerable a la pesca deportiva de la carpa en Castilla y León, sobre todo el caso de la carpa, pues no estará permitida su devolución al agua, como ya sucede con especies como el black bass, el cangrejo rojo, el lucio o el lucioperca, a diferencia de otras comunidades como Extremadura o Madrid, donde se permite su devolución al agua.

Desde que se conoció el fallo del TS los pescadores vienen mostrando su indignación con manifestaciones a favor de la pesca deportiva de estas especies, que en el caso de la carpa su origen, en la Península Ibérica, se remonta a la romanización.

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