LOCAL
Actualizado 22/12/2015
Redacción

Las sanciones pueden alcanzar los 1.000 euros de multa y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir

Entre los días 14 y 20 de diciembre los agentes de la Policía Local de Salamanca han sometido a la prueba detectora del alcohol a 519 conductores, de los que cuatro dieron positivo en la misma, superando las tasas de alcoholemia fijadas en la legislación vigente; uno de ellos fue detenido y puesto a disposición judicial al superar los 0,60 miligramos por litro de aire. También se practicaron 34 pruebas detectoras de drogas con dos resultados positivos: uno por cocaína y otro por THC (cannabis).

Estos controles se han efectuado en coordinación directa con la Dirección General de Tráfico y en el marco de una campaña especial e intensiva pre navideña para verificar las tasas de alcoholemia y drogas en la conducción, con el fin de incrementar las acciones preventivas en la materia.

La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos. La Policía Local de Salamanca está utilizando en estos controles un dispositivo detector de última generación analítica, que permite descubrir de forma rápida la presencia en la saliva de las drogas más frecuentes como anfetaminas, cocaína, metadona, opiáceos y cannabis.

En cuanto al alcohol, se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas, Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo, así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

Cuando se denota que la ingesta de alcohol o drogas ha tenido repercusión o influencia en la conducción, las denuncias se tramitan siempre por la vía penal, tal y como se recoge en el artículo 379.2 del Código Penal. La negativa a someterse a los controles de alcoholemia y drogas también está tipificada como delito en el Código Penal, que prevé incluso penas de prisión por este motivo.
 

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