El requisito de renta máxima en dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples se mantiene
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de Castilla y León ha "suavizado" las condiciones para poder acceder a las ayudas para alquiler de vivienda, con la eliminación del requisito de tener que contar una renta mínima o un contrato de arrendamiento posterior al 31 de diciembre de 2010, informa El Norte de Castilla.
El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado la orden que modifica la anterior, de noviembre de 2014, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al alquiler de vivienda.
En la orden, la Consejería plantea que para revitalizar el mercado de alquiler "procede a realizar algunas modificaciones relativas a aspectos que han podido resultar excesivamente exigentes".
Entre ellos se "elimina" el requisito de que los contratos de arrendamiento subvencionables sean posteriores al 31 de diciembre de 2010; la instauración del volante de arrendamiento como válido frente al certificado de arrendamiento; o la eliminación de tener una renta mínima para poder acceder a las ayudas.
Se mantiene el requisito de renta máxima en dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples, aunque "excepcionalmente se podrá llegar a tres" si las solicitudes son inferiores al número de ayudas económicas previstas.
Además, se permiten los cambios de domicilio dentro de la comunidad durante la tramitación de la solicitud y no sólo cuando se adquiera la condición de beneficiario.
También se sustituye la notificación personal a los interesados por la publicación en el Bocyl y se establece una cláusula de rescate para aquellos supuestos en los que con anterioridad a la publicación de la resolución de la concesión los beneficiarios iniciales renuncien o pierdan el derecho a la subvención.