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Actualizado 13/07/2015
Isabel Rodríguez

La denegación de órdenes de protección y medidas cautelares en los casos de malos tratos es del 38%, 8 puntos más que hace un año

Adavas (Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia de Género en Salamanca) ha manifestado su preocupación por el "retroceso" que se está produciendo en la protección a las víctimas, en cuestiones tan importantes, como apuntó Manuela Torres, abogada de Adavas, "como el incremento en la denegación de las órdenes de protección y medidas cautelares para las víctimas que se deciden a denunciar", alcanzando el 38% en este primer semestre del año, frente a un 30% el año pasado. En el caso de los delitos sexuales, el 56% de las víctimas no tiene protección.

Asimismo, Adavas también considera preocupante, en lo relativo a los procedimientos de malos tratos, "la tendencia en resolver tales asuntos como juicios rápidos (en donde en muchas ocasiones no se puede obtener toda la prueba precisa) y por juicios de faltas (menor sanción), al tiempo que no se está acusando por el Ministerio Fiscal ni condenando por los tribunales el delito de maltrato habitual recogido en el artículo 173.2 del Código Penal, considerando y enjuiciando solo el último episodio violento, con lo cual la sanción y las consecuencias penales para el agresor también son más leves". Tal y como constatan los datos de Adavas, durante el primer semestre del año, las sentencias condenatorias han descendido hasta el 42%, prácticamente a la mitad con respecto al mismo periodo del año 2014 (80%). En el 20% de los casos hubo condena absolutoria y un 10% se archivaron. En el caso de los delitos sexuales, un 31% de las sentencias fueron condenatorias, frente a una absolutoria. El 35% se encuentran pendiente de sentencia.

De igual manera, Adavas también ha señalado que "en los últimos meses existe una tendencia a denegar multitud de medios de prueba, como una valoración psicológica de la víctima por parte de los profesionales de los Juzgados (psicólogos, forenses, equipo psicosocial...), lo que redunda en más sentencias absolutorias o en archivos por falta de prueba, creando una clara indefensión a los intereses de las víctimas". "Entendemos", subrayan desde Adavas, "que se debe poner en la misma balanza los derechos de los imputados y su presunción de inocencia como los derechos de las víctimas, ya que de manera contraria se estaría involucrando el principio de la tutela judicial efectiva".

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