SANTA MARTA | "La plaza se encuentra cubierta en Comisión de Servicios, siguiendo el procedimiento legalmente establecido, (...) hasta que se cubra la plaza de forma definitiva mediante concurso-oposición"
El Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes ha calificado de "falsas e infundadas" las acusaciones realizadas por la Asociación de Jefes, Mandos y Directivos de Policía Local (Anjepol) en relación a la provisión de la plaza de Jefatura de Policía. En un comunicado remitido a los medios, el Ayuntamiento responde, uno a uno, a los argumentos de la denuncia realizada por la asociación, quien apuntaba que se había "vulnerado el procedimiento legalmente establecido". "Nada más lejos de la verdad", asegura el Ayuntamiento. "La plaza se encuentra cubierta en Comisión de Servicios, siguiendo el procedimiento legalmente establecido para esta figura. Por lo tanto, no solamente el funcionario se encuentra legalmente en esta situación, sino que el Ayuntamiento optó por este procedimiento, hasta que se cubra la plaza de forma definitiva, mediante el oportuno concurso-oposición".
Respecto a la la convocatoria del concurso oposición que reclama la asociación para cubrir esta plaza, desde el Ayuntamiento manifiestan que "el concurso oposición no es el procedimiento establecido por la ley para la cobertura de una plaza en comisión de servicios. El concurso oposición se contempla para la adjudicación de la plaza de manera definitiva, no provisional, situación en la que se encuentra en la actualidad". De igual manera, el Ayuntamiento tacha de "otra mentira más" que dicha comisión de servicios fuera nombrada sin publicidad. "Tal y como se ha señalado la comisión de servicios es un procedimiento legal, que ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos".
Entre los requisitos necesarios o precisos para el desempeño del puesto, continúa el comunicado del Ayuntamiento, "están fundamentalmente la pertenencia a un cuerpo de policía local y a cualquiera de las categorías de la escala en que se inscriba el puesto que haya de ser provisto circunstancialmente, lo que conlleva la posibilidad de la comisión de servicios tanto por inspectores a extinguir, subinspectores o funcionarios de cuerpos de Policía Local pertenecientes al grupo funcionarial A2, aspecto que se cumple en la persona que temporalmente ocupa la plaza, y que avalan los informes jurídicos previamente emitidos".
Para concluir, desde el Ayuntamiento "se niegan totalmente estos argumentos y aseveraciones considerándolas absolutamente desafortunadas y no ajustadas a la realidad".