LOCAL
Actualizado 14/10/2014
Redacción

Vistas sus alegaciones, concurren las circunstancias que justifican la adopción de medidas disciplinarias sobre diez personas

La  Secretaría  de  Organización  del  PSOE  ha  resuelto  la  expulsión provisional de los diez militantes que fueron titulares de tarjetas opacas de Cajamadrid, a resultas de la investigación abierta por la Comisión Ejecutiva Federal  inmediatamente  después  de conocerse  este  caso,  siguiendo  las instrucciones  dadas  por  la  dirección  federal  de  obrar  con  suma contundencia ante cualquier irregularidad. 

Los  seis  restantes,  hasta  un  total  de  16  personas  vinculadas  al  Partido Socialista, ya habían pedido su baja de forma voluntaria  tras conocerse su relación con los hechos investigados. 

Los  expulsados  son  Ángel  Gómez  del  Pulgar,  Joaquín  García  Pontes, Miguel Muñiz de  las Cuevas, Gonzalo Martín Pascual, Virgilio Zapatero, Enedina Álvarez,  Ignacio Varela, Miguel Ángel Abejón, José María de  la Riva y José María Arteta. 

El 2 de octubre de 2014, un día después de conocer  la existencia de estas tarjetas  opacas  a  través  de  distintas  informaciones  publicadas  en  varios medios de comunicación, la Secretaría de Organización del PSOE solicitó a las personas presuntamente  implicadas  información que permitiera aclarar lo siguiente:

Concepto en el que se concedió la/as tarjeta/as y finalidad de  las mismas; explicación  de  los  gastos  realizados  y  si  estos  estaban relacionados  con  gastos  de  representación  o  derivados  de actividad  vinculada  a  la  entidad  o  puesto  desempeñado  en  la misma; tratamiento  fiscal  de  la/as  tarjeta/as  y  de  los  gastos  efectuados con  las  misma/as, especialmente  la  inclusión  o  no  en  la declaración de la renta o de cualquier otra declaración tributaria.

A  tales  efectos,  se  les  concedió  un  plazo  para  que  formularan  las alegaciones  oportunas, presentasen  cualquier  prueba  que  estimaran oportuna, o incluso se personasen ante la instrucción para poder determinar los hechos y aclarar las informaciones publicadas.

Una  vez  concluido  el  plazo  y  vistas  sus  alegaciones,  concurren  las circunstancias  que  justifican  la  adopción  de  medidas  disciplinarias previstas  en  la  normativa  de  Partido  y  se  procede  a  su  expulsión provisional.

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