Un total de 12 días a lo que se añaden dos fiestas de carácter local, acordadas por cada municipio
La Junta de Castilla y León aprueba el decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015.
De este modo, las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el año 2015 serán las siguientes:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 2 de abril, Jueves Santo.
- 3 de abril, Viernes Santo.
- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos. que se traslada al lunes 2 de noviembre.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española., que se traslada al lunes 7 de diciembre
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
A estas fechas se añadirán dos fiestas de carácter local, acordadas por cada municipio y autoridad laboral competente a propuesta del pleno del Ayuntamiento respectivo.