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De los viejos y nuevos delitos y de las nuevas y viejas penas
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De los viejos y nuevos delitos y de las nuevas y viejas penas

Actualizado 21/10/2014
Marcos Iglesias Caridad

Señala el apartado 2 del artículo 25 de nuestra Constitución en su primer inciso que "Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados". ¡Qué recuerdos aquéllos en los que en mi segundo año de carrera y primero que cursaba Derecho Penal (Derecho Penal-Parte General, que ahora con Bolonia habrá quedado fraccionado en otros tantos?) estudiaba en la vetusta Universidad de Salamanca, con cierta mesura, algunos aspectos criminológicos y muy particularmente los fines de las penas!

Había que saberse las teorías retribucionistas de Kant, las relativas o prevencionistas de Beccaria y muy especialmente las visión salmantina de Dorado Montero, amén de la del profesor o profesora de turno oficiante de la clase. Las memoricé con paciencia aunque no todas en su razonamiento lógico lograron convencerme. Lo fácil lo logré, lo segundo todavía me queda tiempo por delante. Con carácter general nos intentaban convencer que los fines preferentes de las penas eran los de la prevención especial y general y subsidiariamente a ellas el castigo puro y duro. Nos explicaban que por la prevención especial se busca que quien delinque no lo vuelva a hacer y, por la prevención general, que quien comete un delito y sea castigado por ello, sea ejemplo para que otros con sus mismas criminales intenciones se abstengan de realizar su vil comportamiento.

Asistimos hace unas semanas a la captura de un presunto pederasta que ha tenido al país convulsionado. Parece ser que estamos ante un auténtico estratega que aunque conocía no pocas tácticas de escape, no podía escapar del dicho de que "no hay crimen perfecto". Dolor, tremendo dolor es lo que nos suscita al saber que ya había estado en prisión por un delito similar tiempo hace. Algo ha fallado. Algo está fallando. ¿Algo seguirá fallando? Quizás algún tipo de remedio para saber la localización de tales repugnantes sujetos; quizás la dotación de mayor personal e instrumentos con los que estar a preventivo acecho para no sacrificar a tantos inocentes de por medio. Lo ha dicho recientemente el Papa Francisco (por cierto, ¡qué bendición de Papa!): "Con los chicos no se juega". Quede dicho.

El tema debe invitarnos a la reflexión. Hay delitos que parten de una tara psicológica del sujeto y sobre los que no hay apenas posibilidad de reinserción. Delitos como agresiones sexuales, algunos asesinatos, homicidios sangrientos?muchas veces bajo la mácula del terrorismo, sobre los que la experiencia ha demostrado, de una parte que apenas hay posibilidad de reeducación y, de otra, que muchos inocentes siguen padeciendo mientras tanto errores de decisión.

Me enseñaron en mis años catequéticos las cinco reglas por las cuales había una plena y sincera confesión. Advertía el padre-cura ¡Dios lo tenga en su seno! que eran reglas cumulativas; si fallaba una no habría perdón. "Examen de conciencia, dolor de los pecados, propósito de la enmienda, decir los pecados al confesor y cumplir la penitencia" cantábamos quizás sin demasiada consciencia. Quien no las supiera no tomaba la Primera Comunión, y a aquel pícaro que le fallara alguna en su interior, allá se las viera.

El perdón es síntoma de humildad y nobleza. Cuán desdichado es aquél que no perdona ante un dolorido pecador. Pero, he aquí la clave, "dolorido". La cadena perpetua se antoja como necesidad. Como una necesidad ligada en proporción para los delitos más graves y sangrientos sobre los que quede determinado que no hay posibilidad de reinserción y sí de posible reincidencia. Revisable, desde luego, pero inicialmente perpetua. Basta ya de creer, con cierto patetismo español, que adoptarla implicaría una merma en nuestro sentir democrático. Otras naciones la aplican en sus ordenamientos jurídicos sin ningún tipo de contestación ni sentido del ridículo.

Lejos de lo que pudiera pensarse, no hay precepto, artículo ni signo explícito o implícito en nuestra Constitución que nos lleve a pensar que adoptarla no se adaptaría a sus mandatos. Quien lo sostenga no tienen para sí la razón y quien estando concienciado y teniendo en su mano el poder de cambiar las cosas, no lo haga, deberá también reconsiderar su omisiva postura. El tiempo pasa y el cansancio ciudadano acucia.

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