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Reforma de la ley electoral
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Reforma de la ley electoral

Actualizado 30/08/2014
Julio Fernández

Profesor de Derecho Penal de la Usal.

La ley en sentido formal es la norma jurídica más importante del ordenamiento jurídico, sólo superada, como afirmaba Kelsen (probablemente el mejor constitucionalista del S. XX), por la Ley Fundamental, Carta Magna o Constitución Política y, como es lógico, por los Tratados internacionales válidamente celebrados. Si, además, las Leyes tienen rango de Orgánicas, como son las referidas al régimen electoral general (entre otras) según prevé el artículo 81 de nuestra CE, exigen para su aprobación el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto. Y aunque la Carta Magna no dispone otra cosa, en nuestra reciente histórica democrática ninguna ley electoral ha sido aprobada sin el consenso de las principales fuerzas políticas de nuestro país. No se atrevió Felipe González con sus 202 Diputados en 1982 ni Aznar con los 184 en el año 2000.

Las leyes, sea cual fuere su rango, tienen vocación de generalidad y permanencia y se justifican en la regulación de los intereses generales de la colectividad y no para satisfacer intereses partidistas, gregarios o particulares. De ahí que el anuncio realizado por el Presidente Rajoy de reforma de la Ley electoral sobre la elección de Alcalde al cabeza de la lista más votada (de las diferentes que concurren en las elecciones municipales, aunque no haya consenso, teniendo en cuenta, además, que quedan menos de 9 meses para la celebración de los comicios municipales), es una maniobra indecente cuyo único interés es la perpetuación en el poder municipal del PP en muchos municipios que, de seguir vigente la actual normativa, perderían la mayoría absoluta que actualmente ostentan, aunque fueran la lista más votada.

No se puede vestir esta reforma de más democrática (como afirma Rajoy), por diferentes motivos. 1.- No es el momento adecuado, porque las elecciones municipales están a la vuelta de la esquina y porque asistimos al final de una legislatura parlamentaria en la que el partido mayoritario que sustenta al Gobierno tiene los niveles más bajos de popularidad, debido a que su gestión ha sido radicalmente contraria a las promesas electorales que en su día hicieron; 2.- como consecuencia de esto último, todas las encuestas confirman la pérdida de la mayoría absoluta del PP si hoy se celebrasen elecciones generales, con lo que la legitimidad de esta reforma sería claramente cuestionada; 3.- no tiene sentido cambiar un sistema electoral por otro sólo para la Administración Local, manteniendo el anterior para la Autonómica y la del Estado; 4.- sería la primera vez, como antes decía, que en nuestra democracia, se aprobase una norma de este calado, sin consenso; y 5.- aunque pueda parecer que la elección directa de Alcalde por el pueblo se ajusta más a la democracia real (sin que haya pactos postelectorales oscuros y de dudosa legitimidad, que a veces los hay), habría que implantar una segunda vuelta para que los ciudadanos eligieran Alcalde entre las listas más votadas, como ocurre en las elecciones presidenciales de los países democráticos.

Las Alcaldías de Madrid y Valencia (por no citar otras menos importantes), las perdería el PP con el actual sistema electoral, pero, probablemente, podría mantenerlas con la reforma. ¿Qué tendrán que ocultar Ana Botella y Rita Barberá sobre la gestión de sus respectivos municipios?

Tan sólo los estados fallidos, con una alta corrupción política y baja calidad de la democracia, se atreven a cambiar el ordenamiento jurídico con el fin de perpetuarse en el poder. Y luego, desde el Gobierno, acusan a Pablo Iglesias, líder de Podemos, de ser aliado y amigo de los dirigentes de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo difunto presidente Chavez reformó la Constitución para que su formación política siguiera gobernando de por vida

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