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El Ayuntamiento ejecuta la sentencia del TSJCyL y ordena demoler una piscina y un jardín
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EL CONSISTORIO SE LIMITA A CUMPLIR EL FALLO DEFINITIVO

El Ayuntamiento ejecuta la sentencia del TSJCyL y ordena demoler una piscina y un jardín

Actualizado 22/02/2018
Redacción

LA FREGENDA | El fallo revoca una anterior sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo y considera que la licencia otorgada al promotor es contraria al planeamiento urbanístico

El Ayuntamiento de La Fregeneda ha ordenado las labores de demolición de una piscina y un jardín tras que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León haya decido anular sendos acuerdos del pleno municipal adoptados en 2009 y 2010, y 2015 por los que se concedió, en los dos primeros, licencia urbanística al promotor de las instalaciones ahora demolidas, y su ratificación, y la desestimación ?en el tercero? del recurso interpuesto por otro vecino al entender que la concesión de la licencia era un acto lesivo contra sus intereses.

Este fallo viene tras el recurso de apelación presentado por el demandante contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Salamanca de 27 de septiembre de 2016 y que desestimó íntegramente la demanda interpuesta con anterioridad por este mismo vecino "frente al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de La Fregeneda (Salamanca) de 23 de diciembre de 2009 por el que se accede a la licencia de obras, así como la consiguiente concesión de obras nº 15/2010 de 11 de marzo de 2010 y el acuerdo del Ayuntamiento de La Fregeneda de fecha 31 de marzo de 2015 por el que se considera no lesivo para el interés público la citada licencia de obras nº 15/2010. Sin imposición de las costas procesales a ninguna de las partes".

Según el TSJCyL, y de acuerdo a los informes de 10 de noviembre de 2010 y 14 de abril de 2011 del Arquitecto Técnico de la Diputación Provincial de Salamanca, las instalaciones "no cumplen el retranqueo mínimo de tres metros a todos los linderos y de que se trata por tanto de una obra incompatible con el planeamiento urbanístico"

Por ello, el TSJCyL, revoca la anterior sentencia del Contencioso Administrativo y anula y deja sin efecto los actos administrativos impugnados, esto es, la licencia de obras y el acuerdo que no la anuló por no considerarla lesiva para el interés público, además de exigir al Ayuntamiento a que ordene la demolición de lo construido.

Según el alcalde de la localidad, Bernardo García, "hemos tenido que proceder a cumplir lo que dice el TSJCyL y que intentamos evitar al surgir el asunto de un conflicto entre dos vecinos que al principio se llevaban bien. Solo pretendemos facilitar a todo el mundo a que viva en La Fregeneda. Nos limitamos a cumplir la ley aunque conviene recordar que el denunciante acondicionó anteriormente un local colindante sin licencia. Pero en este caso había prescrito cualquier acción".

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