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Desacuerdo entre el Equipo de Gobierno y TAB sobre el concepto de ‘inversiones sostenibles’
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REMANENTE DE TESORERÍA

Desacuerdo entre el Equipo de Gobierno y TAB sobre el concepto de ‘inversiones sostenibles’

Actualizado 03/11/2017
Redacción Béjar

BÉJAR | El equipo de Gobierno se remite a la ley para asegurar que inversiones sostenibles son aquellas que no generan otro tipo de gastos

Tú Aportas Béjar ha tratado estos días de desmontar las afirmaciones del partido popular al señalar que el remanente de tesorería, según la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad, sólo puede destinarse al pago de la deuda o inversiones financieras sostenibles, es decir obras de mejora en la ciudad.

TAB manifiesta que esa misma disposición adicional dice "?si la Corporación Local tuviera un saldo positivo del importe señalado en la letra a), éste se podrá destinar a financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible. A estos efectos la ley determinará tanto los requisitos formales como los parámetros que permitan calificar una inversión como financieramente sostenible, para lo que se valorará especialmente su contribución al crecimiento económico a largo plazo".

La agrupación de electores añade que para calificar una inversión como financieramente sostenible, hay que ir al R.D. 2/2004, de 5 de marzo, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales donde dice que: a los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se entenderá por inversión financieramente sostenible la que cumpla el requisito de que la inversión se realice, en todo caso, por entidades locales que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Y además, que tenga reflejo presupuestario en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades Locales:

Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos. Alumbrado público. Protección y mejora del medio ambiente. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos. Industria. Energía. Comercio. Ordenación y promoción turística. Promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte. Infraestructuras del transporte. Recursos hidráulicos. Investigación científica, técnica y aplicada. Sociedad de la información. Gestión del conocimiento. Ordenación del tráfico y del estacionamiento. Vías públicas. Parques y jardines. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico. Carreteras. Caminos vecinales. Gestión del patrimonio: aplicadas a la rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles propiedad de la entidad local afectos al servicio público.

Tú Aportas Béjar considera, por tanto, que el remanente de Tesorería para Gastos Generales debería invertirse en promoción, apoyo y desarrollo de la Industria. Fomento de la acción empresarial mediante ayudas para la reconversión y reindustrialización. Fomento del asociacionismo de empresas industriales, y todo tipo de transferencias con destino a estos fines y de incentivos a la localización industrial. Ayudas a las pequeñas y medianas empresas de Economía Social. Así como a Investigación, Desarrollo e Innovación mediante inversión en gastos de administración, infraestructuras, funcionamiento y apoyo destinados a nuevas empresas y ya existentes en la ciudad, así como al desarrollo y fomento del Turismo, en servicios sociales y promoción social, desarrollando programas de atención y prestación de servicios a personas dependientes y de asistencia social.

Contestación de Ángel Orgaz, concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Béjar

Sin embargo el equipo de Gobierno del Partido Popular, se vuelve a mostrar contundente, manteniendo que no son ciertas las afirmaciones de la agrupación de electores y se manifiesta interesado en que este tema quede claro ante la opinión pública y sin ninguna duda, debido a que afecta directamente al bolsillo de los ciudadanos.

El concejal de Hacienda, Ángel Orgaz, ha insistido que este remanente de tesorería que en el pasado pleno se destinó a inversiones sostenibles, según la disposición adicional sexta de la ley 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria, puede destinarse sólo a dos objetivos, reducción de deuda o a inversiones sostenibles, añadiendo que el equipo de Gobierno entendió que como en dos años se había reducido la deuda en dos millones de euros, este año era bueno destinar parte de ese remanente a inversiones sostenibles, que quiere decir a inversiones establecidas por ley, entendiéndose por gastos en inversiones aquellos en los que incurre una entidad local destinados a la creación de infraestructuras o a la creación y adquisición de bienes, a aquellos que sean sostenibles por sí mismos, es decir a aquellos que no produzcan otro tipo de gastos y eso es lo que ha hecho el equipo de Gobierno.

Además ha citado la Orden Ministerial de Hacienda de 3 de diciembre que establece los ejemplos de inversión y dice: "inversión en infraestructura nueva, inversión en reposición de infraestructura o inversión en bienes patrimoniales", por lo tanto la ley no permite las inversiones propuestas por Tú Aportas Béjar, calificando de poco ético que la agrupación de electores trate de confundir a la gente con un tema como este.

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