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Circunstancias
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Circunstancias

Actualizado 12/06/2017
Lorenzo M. Bujosa Vadell

Era invierno el otro día y hablaban algunos colegas australes sobre instituciones y circunstancias. Se conversaba, en concreto, de corrupción y de cómo se combate o no, según los casos. La sensación era común de generalizado desprestigio de nuestros representantes políticos, pagando siempre justos por pecadores, que de todo habrá.

La conversación casi degeneró en disputa sobre las dimensiones del problema. Cada cual pensaba que lo suyo era lo peor. Parecía una kermés de antinacionalismo, tanto se fustigaban sus propias espaldas; aunque el propósito era benevolente: con la idea en la cabeza de una organización política limpia y de una estructura económica eficiente y respetuosa de las reglas del juego que cada grupo se hubiera dado.

No era pues el pesimismo lo que sobrevolaba al animado grupo, era un optimismo desaforado, lindante en la utopía, con algunas desviaciones momentáneas hacia el "no hay nada que hacer para evitarlo, porque así es la naturaleza humana" y tal y tal.

Ni era mera charla de café, aunque en uno estaban, sino supuesto diálogo de técnicos en la espinosa cuestión, que comparaban los equilibrios de poderes, los pesos y los contrapesos; no sólo con puntuales referencias a la respectiva constitución, sino además con eruditas citas a normas más concretas y a curiosas jurisprudencias.

En esto, como en los chistes, tocó el turno al español, que con mirada algo perdida trató de hacerse entender con los líos de la Fiscalía y narró cómo un tal fiscal jefe especializado en Anticorrupción era titular de una empresa panameña, a su vez propietaria de una casa de bastantes cientos de metros cuadrados en una parcela enorme, de las que gozaba -casa y parcela- este importante jurista. Ni uno de los presentes pudo reprimir la sonrisa cuando se anunció que había dimitido "por motivos personales".

Efectivamente nadie dudó sobre lo personales que eran los motivos. Y a eso se le unieron otras tantas ilustraciones sobre probables tejemanejes de carácter regional, lo cual hizo abundar en el tema de que la "modélica madre patria" era bastante más hermana que prima, aun siendo bastante primos los españoles mismos, incluso de los brasileños.

Y así cada cual contó, como en una ronda perversa, las penas que le apenaban. El español añadió, porque no quedaba más remedio, lo que muchos compatriotas ignoran: que nuestros procesos penales se rigen por una ley que viene del 14 de septiembre de 1882, sin que haya error en las cifras. Ley modificada enésimas veces por una legislación de aluvión en la que cada dirigente del ramo ha querido dejar su huella. No hay discusión entre los juristas: es preciso cambiarla. En lo que ya hay sensibles diferencias es en ver con buenos ojos que una institución tan discutida adquiera el dominio de las investigaciones y la llave de las cuestiones que deberían ir o no a juicio.

No era tanto de politización de lo que se reflexionaba, porque al fin y al cabo el Ministerio Fiscal es una institución pública que lleva a cabo políticas públicas de persecución penal. Se aludía sobre todo a esas interferencias que de vez en cuando nos hacen sospechar que se aplica la carpetovetónica ley del embudo y a las que tal vez podemos llamar genéricamente "circunstancias".

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